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España administrará la vacuna de AstraZeneca hasta los 65 años y el resto para mayores de esa edad: Así queda el reparto

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Madrid/Valladolid, 31 mar (EFE).- La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha concretado que la vacuna de AstraZeneca se administrará a personas de hasta 65 años, mientras que el resto de sueros disponibles (Pfizer y Moderna), así como los que se incorporen en breve (Janssen) se aplicarán para los mayores de esa edad.

Así lo ha precisado Darias en rueda de prensa al término de la reunión del Consejo Interterritorial de Salud que este miércoles ha ratificado la quinta actualización de la Estrategia de Vacunación frente a la covid-19, aprobada ayer por la Comisión de Salud Pública, integrada por Sanidad y las comunidades.

Según esta actualización, se recomienda administrar la nueva vacuna de Janssen -que llega a España en abril- de forma paralela a las de Pfizer y Moderna para incrementar el ritmo de inmunización de los grupos de más edad.

Esta propuesta aclara la situación de la población de entre 65 y 79 años, que no puede ser vacunada con AstraZeneca y debe esperar al resto de sueros, mientras que ya se ha comenzaba en varias comunidades a inocular dosis de la anglosueca a personas más jóvenes, de 60 a 65 años.

Además, actualiza la vacunación de los grupos de riesgo, entre los que incluye a las personas con VIH, que se vacunarán de manera simultánea al grupo de aquellas con edades comprendidas entre los 70 y los 79 años y con vacunas del tipo ARNm, con la finalidad de alcanzar la mayor protección en un periodo de tiempo menor.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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