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Finaliza el estado de alarma en España: Estos son los nuevos cambios

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Madrid, 9 may (EFE).- Esta medianoche ha finalizado el estado de alarma establecido inicialmente en marzo del año pasado, catorce meses después de que el Gobierno acordara la medida por primera vez para contener la pandemia y poner freno a la covid-19 y que ha supuesto para la ciudadanía fuertes limitaciones en el día a día.

Con el fin del estado de alarma se podrá viajar entre comunidades autónomas -salvo en áreas concretas de alta incidencia que sean susceptibles de poder cerrarse- y el toque de queda se levantará de forma generalizada en casi todos los territorios. Desde las 00:00 horas del hoy domingo ya no existe el toque de queda nocturno, de 23:00 a 6:00 horas, por lo que se inicia una nueva situación en la que la hostelería podrá abrir hasta la medianoche y las personas no convivientes podrán reunirse en domicilios, o más de seis en espacios públicos.

Esta nueva situación obliga a las comunidades autónomas a establecer sus propias restricciones para controlar la evolución de la pandemia y varias han recurrido a la Justicia para imponer limitaciones, especialmente las que afectan a la movilidad.

Los tribunales superiores de Baleares, la Comunidad Valenciana y Cataluña ya se han pronunciado y consideran justificado mantener el toque de queda o limitar las reuniones por la situación sanitaria; no así el del País Vasco, que estima que el ordenamiento jurídico no permite acordar estas medidas fuera del estado de alarma.

La hostelería valenciana podrá cerrar a las 23.30 horas y amplía su aforo interior al 50%

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado las medidas sanitarias de restricción de la movilidad en cinco zonas básicas de salud y queda por conocer si el de Navarra permitirá limitar las reuniones a un máximo de 6 personas y mantener el toque de queda.

El resto de comunidades han establecido limitaciones de aforos y de horarios en hostelería, comercios, teatros, auditorios, museos, lugares de culto o instalaciones de deportivas. La mascarilla seguirá siendo obligatoria.

Los datos de los últimos días, y también los que se han conocido este sábado, alientan el optimismo en España, ya que casi todas las comunidades han vuelto a experimentar un ligero alivio en sus cifras de contagios, hospitalizados, enfermos en UCI y de muertes, a pocas horas de que finalice el estado de alarma.

Un hecho que, pese a esa tendencia a la baja en los datos de casi todas las autonomías, hace que, sin embargo, el país contenga todavía el aliento hasta conocer cómo reaccionan los ciudadanos y comprobar cómo impacta en la evolución de la pandemia el alivio de muchas de las restricciones como el toque de queda, la supresión de cierres perimetrales o la modificación de horarios en la hostelería.

El Ministerio de Sanidad actualizará el lunes las cifras, y entonces se conocerá que el país ha superado por primera vez la cifra de 20 millones de dosis administradas y que más de 6 millones de personas han recibido en España la pauta completa contra el SARS-CoV-2, responsable de la covid-19.

El estado de alarma se activó en España el 14 de marzo con una duración inicial de 15 días. Poco después, el 26 de marzo, el Congreso autorizó su primera prórroga que se repetiría por seis veces hasta 25 de octubre pasado, fecha en la que el Gobierno aprobó un último estado de alarma, por decreto, cuya vigencia concluyó esta medianoche.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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