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Hacienda puede multarte con hasta 150.000 euros si no justificas tus movimientos de dinero

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Hacienda multa movimientos dinero
Una persona consulta unos datos en su teléfono móvil. EFE/Archivo

Hacienda mantiene un control exhaustivo sobre los movimientos financieros de los contribuyentes para prevenir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Si realizas ingresos o retiradas de dinero que no pueden ser justificados adecuadamente, podrías enfrentar multas de hasta 150.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.


Movimientos sujetos a vigilancia fiscal

Los bancos tienen la obligación de informar a Hacienda sobre ciertas transacciones. Algunos ejemplos de operaciones bajo supervisión son:

  • Ingresos o retiradas en efectivo superiores a 3.000 euros.
  • Uso de billetes de 500 euros.
  • Movimientos de efectivo dentro del territorio nacional superiores a 100.000 euros, los cuales deben declararse a través del formulario S1.
  • Transferencias bancarias que superen los 6.000 euros. Si el importe excede los 10.000 euros, es necesario justificar el origen de los fondos.

Estas medidas buscan garantizar la transparencia en las operaciones financieras y detectar actividades ilícitas.


Clasificación de infracciones y sanciones

La Ley General Tributaria clasifica las infracciones fiscales en tres categorías, con sanciones que varían en función de la gravedad:

  1. Infracciones leves:
    • Cuando el importe involucrado no supera los 3.000 euros.
    • Multas de hasta el 50% de la cantidad.
  2. Infracciones graves:
    • Si el importe supera los 3.000 euros y existe ocultación.
    • Sanciones entre el 50% y el 100% de la cantidad.
  3. Infracciones muy graves:
    • En casos de fraude o intención clara de evasión fiscal.
    • Multas del 100% al 150% del importe.

Por ejemplo, un movimiento de 100.000 euros sin justificación podría acarrear una multa de hasta 150.000 euros si se considera una infracción muy grave.


Obligaciones de las entidades financieras

Las entidades bancarias desempeñan un papel crucial en la detección de movimientos sospechosos. Están obligadas a:

  • Identificar a los titulares de cuentas que realicen ingresos en efectivo superiores a 1.000 euros.
  • Informar a Hacienda sobre operaciones que excedan los 3.000 euros o utilicen billetes de 500 euros.
  • Justificar transferencias internacionales superiores a 10.000 euros.

Estas obligaciones buscan asegurar la legalidad y rastreabilidad de las transacciones.


Consecuencias de no justificar movimientos financieros

La falta de documentación que respalde el origen o destino de los fondos puede desencadenar:

  • Sanciones económicas significativas.
  • Investigaciones exhaustivas por parte de Hacienda.
  • Posibles procedimientos penales en casos de fraude fiscal.

Por ello, es fundamental que los contribuyentes mantengan un registro detallado de sus operaciones y dispongan de documentación válida, como contratos, facturas y recibos, para justificar sus transacciones en caso de una auditoría.


Cómo evitar sanciones fiscales

Para cumplir con las normativas de Hacienda y evitar multas, se recomienda:

  1. Justificar todas las operaciones: Documentar adecuadamente cualquier ingreso o retirada de dinero, especialmente si se trata de grandes cantidades.
  2. Conocer la normativa fiscal: Mantenerse informado sobre las leyes tributarias vigentes.
  3. Contar con asesoría profesional: Consultar con un asesor fiscal o contable para garantizar que todas las operaciones se realicen conforme a la ley.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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