La princesa Leonor ha jurado la Constitución 37 años después desde que lo hiciese su padre. Su Alteza Real la Princesa de Asturias ha jurado la Constitución Española, ante las Cortes Generales, en una sesión solemne en la que ha estado acompañada por Sus Majestades los Reyes y por su hermana Su Alteza Real la Infanta Doña Sofía.
A su llegada al Congreso de los Diputados Sus Majestades los Reyes y Sus Altezas Reales la Princesa de Asturias y la Infanta Doña Sofía, escoltados por la Sección de Motos de la Guardia Real y la última parte del recorrido por el Escuadrón de Escolta Real, han sido recibidos por el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, y por el jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.
Una vez recibidos los Honores Militares, el Rey ha pasado revista al Batallón de Honores. Una representación de los tres Ejércitos y de la Guardia Civil, han cubierto la carrera desde el inicio de la calle Mayor hasta la Plaza de las Cortes.
Su Alteza Real la Princesa de Asturias ha jurado la Constitución Española ante las Cortes Generales, pronunciando la siguiente fórmula:
“Juro desempeñar fielmente mis funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas, así como fidelidad al Rey”
Acto seguido, la presidenta del Congreso de los Diputados ha pronunciado las siguientes palabras:
“Las Cortes Generales acaban de recibir el juramento que Vuestra Alteza ha prestado, en cumplimiento de la Constitución, como heredera de la Corona. Señorías. ¡Viva la Constitución! ¡Viva el Rey! ¡Viva España!”
El acto ha concluido con la interpretación del Himno Nacional y el cierre de la sesión de la Cortes Generales.
La jura de la Constitución de la princesa Leonor, en imágenes
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling
Heredar en España no solo implica recibir bienes o dinero, sino también enfrentarse al Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava la transmisión de patrimonio tras el fallecimiento de una persona. La cuantía a pagar depende del valor de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y la comunidad autónoma en la que se tribute.
Qué es el Impuesto de Sucesiones
El Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito tras la muerte de otra. Está regulado por la Ley 29/1987 y su reglamento 1629/1991, aunque mediante la Ley 22/2009 se cedió a las comunidades autónomas la potestad normativa y la recaudación del impuesto. Esto significa que cada región puede establecer sus bonificaciones, reducciones y deducciones, lo que provoca diferencias significativas en el coste de la herencia. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, mientras que en otras comunidades es mucho más elevada.
Cómo evitar el pago del impuesto
Según Isabel Merino, abogada de Debelare Abogados, la única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones es renunciar a la herencia de forma pura y simple. Esto significa que el heredero no recibe ningún bien ni derecho, y por tanto no se genera transmisión patrimonial, quedando exento del pago del impuesto.
Merino aclara que existen distintos tipos de renuncia:
Renuncia pura y simple: el heredero no se lleva nada y no paga impuesto.
Renuncia a favor de un tercero: en este caso, la ley considera que existe una aceptación tácita de la herencia, generando dos hechos imponibles: el Impuesto de Sucesiones sobre la parte aceptada y el Impuesto de Donaciones sobre la parte transmitida a un tercero.
Conclusión
La renuncia pura y simple a la herencia es la única estrategia legal para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones en España. Cualquier intento de ceder la herencia a otra persona sin tramitarlo correctamente puede derivar en la obligación de pagar tanto el impuesto de sucesiones como el de donaciones.
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