Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

La prohibición de aparcar en el carril bus de València entra en vigor el 15 de mayo

Publicado

en

El Ayuntamiento de Valencia ha acordado este viernes que a partir del 15 de mayo de 2017 no se podrá estacionar por las noches en los carriles bus.

La medida, no exenta de polémica, afecta a las calles donde hay carril bus y pasan líneas nocturnas de autobuses de EMT València, además de otros ubicados en zonas de ocio. En total, su puesta en marcha afectará a un total de 45 calles y 2.200 plazas de aparcamiento.

El alcalde de València, Joan Ribó, ha sido el encargado de anunciar la entrada en vigor de esta medida tras el acuerdo alcanzado por los tres partidos que gobiernan (Compromís, PSPV y EU) en la Junta de Gobierno municipal. Cabe recordar que inicialmente PSPV se opuso de manera contundente a la puesta en práctica de esta iniciativa porque se había decidido de manera «unilateral».

Ribó ha especificado que para potenciar esta medida se ha decidido reforzar el servicio de EMT, en concreto el de las líneas nocturnas N1 y N6, además de las ya anunciadas tarifas planas que ofrecerán diversos aparcamientos públicos de la ciudad para aparcar por la noche, con precios máximos de hasta 6 o 7 euros.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

Publicado

en

Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo