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Cómo pagar menos en tu declaración de la renta: claves y consejos para ahorrar

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pagar menos en tu declaración de la Renta
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Trucos legales y deducciones que pueden ayudarte a reducir lo que pagas a Hacienda

Con la campaña de la renta a la vuelta de la esquina, son muchos los contribuyentes que se preguntan cómo pagar menos en su declaración sin salirse del marco legal. La clave está en conocer bien las deducciones, beneficios fiscales y pequeños ajustes que pueden marcar la diferencia entre pagar más o menos.

En este artículo te explicamos cómo optimizar tu IRPF y reducir el impacto fiscal de forma completamente legal.


¿Se puede pagar menos en la declaración de la renta?

Sí. Existen numerosas deducciones y reducciones fiscales que te pueden ayudar a pagar menos o incluso a obtener una devolución. Lo importante es tener toda la documentación al día, revisar bien el borrador y saber qué gastos o inversiones puedes desgravar.


Principales formas de pagar menos en la renta

1. Aportaciones a planes de pensiones

Una de las fórmulas más efectivas para reducir la base imponible es aportar a un plan de pensiones. Puedes deducirte hasta 1.500 euros al año, lo que puede suponer un ahorro significativo en función de tu tipo impositivo. Si tienes un plan de empresa, este límite puede aumentar.

2. Deducción por vivienda habitual

Si compraste tu vivienda antes del 1 de enero de 2013, puedes seguir aplicando la deducción por adquisición de vivienda habitual. Podrás deducirte hasta el 15 % de las cantidades pagadas en el año, con un límite de 9.040 euros anuales.

3. Alquiler de vivienda habitual

En algunas comunidades autónomas existen deducciones por alquiler de vivienda habitual, tanto para inquilinos como para propietarios. Estas deducciones dependen de tu edad, tus ingresos y si estás empadronado en la vivienda.

4. Deducción por donaciones

Hacer donaciones a ONGs, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro permite desgravar hasta un 80 % de los primeros 150 euros y un 35 % del resto. Además de ayudar, puedes ahorrar en tu declaración.

5. Gastos por maternidad, guardería o hijos a cargo

Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. También puedes aplicar deducciones por gastos de guardería y por tener hijos a cargo, especialmente si tienen discapacidad.

6. Deducción por inversión en empresas de nueva creación (startups)

Si has invertido en empresas emergentes, puedes deducirte el 50 % de lo invertido, hasta un máximo de 100.000 euros anuales. Es una medida pensada para incentivar el emprendimiento.


Consejos prácticos para reducir tu factura fiscal

Revisa el borrador con lupa

No des por hecho que el borrador que te facilita Hacienda está completo. Faltan datos con frecuencia: alquileres, deducciones autonómicas, cuotas sindicales o donaciones, entre otros.

Presenta la declaración en el momento óptimo

Si estás casado o casada, prueba a simular la declaración de forma individual y conjunta. En muchos casos, hacerla conjunta permite pagar menos.

Aporta a ONG o entidades sociales antes de final de año

Si haces una donación puntual antes del 31 de diciembre, puedes aprovechar esa deducción en la campaña del año siguiente.


¿Qué deducciones ofrece tu comunidad autónoma?

Además de las deducciones estatales, muchas comunidades autónomas ofrecen beneficios fiscales adicionales por:

  • Estudios universitarios o formación profesional

  • Nacimiento o adopción de hijos

  • Cuidado de familiares dependientes

  • Rehabilitación de vivienda

  • Gastos en material escolar

Consulta el portal de la Agencia Tributaria de tu comunidad para no dejarte ninguna deducción sin aplicar.


Conclusión: planificación fiscal, la clave para ahorrar

Pagar menos en la declaración de la renta no es cuestión de suerte, sino de planificación. Conocer tus derechos fiscales, deducir correctamente tus gastos y aprovechar los beneficios legales es la mejor forma de optimizar tu economía sin dejar de cumplir con Hacienda.

Si tienes dudas o tu caso es complejo, contar con la ayuda de un asesor fiscal puede suponerte un ahorro aún mayor que el coste de sus servicios.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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