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Sanidad y comunidades revisarán la ley sobre la obligatoriedad de mascarillas

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EFE

Madrid/Valladolid, 31 mar (EFE).- El Ministerio de Sanidad y las comunidades trabajarán «de manera técnica» para intentar elaborar unos criterios de aplicación de la ley de «nueva normalidad» que contempla la obligatoriedad del uso de las mascarillas aún manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Lo ha anunciado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en rueda de prensa tras presidir por videoconferencia el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que se ha celebrado en Valladolid y en la que ha comparecido junto a la consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado.

La norma fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y es fruto del trabajo parlamentario a partir del real decreto de nueva normalidad que se aprobó en junio para tramitarse como proyecto de ley.

Fue el pasado 18 de marzo cuando el Pleno del Congreso aprobó definitivamente la ley tras la luz verde del Senado, donde se introdujo una enmienda -del PSOE- que fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad, cuando hasta entonces el texto la contemplaba si no se podía mantener la distancia de 1,5 metros.

Esta ley ha sido objeto de análisis en el Interterritorial, donde Darias ha ofrecido a los consejeros, que también así lo han considerado, trabajar «de manera técnica» para intentar «dentro del margen» que posibilita la norma intentar elaborar unos criterios técnicos de aplicación.

LAS CCAA HAN PEDIDO QUE SE ACLARE LA NORMA

En este sentido, la ministra ha reconocido que a raíz de la publicación en el BOE, algunas autonomías han manifestado la necesidad de poder aclarar el punto sobre el uso obligatorio de las mascarillas aún con distancia de seguridad y «sobre todo de armonizar porque hay comunidades que tienen distinta normativa».

A juicio de Darias, ha transcurrido mucho tiempo desde que comenzó en verano la tramitación de la ley con lo que «puede» que sea necesario, «intentar buscar en el margen de ese marco legal» cómo poder aplicarla «de la manera mas armonizada posible y, sobre todo, de la manera más contextualizada posible.»

«Creo es muy importante ser capaces de armonizar, homogeneizar y contextualizar, éstas son las tres principales razones por las que he propuesto al Consejo trabajar de manera técnica para tratar de conseguir estos tres objetivos», ha apuntado la ministra.

La idea es que en el próximo Interterritorial se aborden las pautas marcadas tras ese trabajo técnico.

Algunas comunidades ya se han pronunciado, como Baleares que interpreta que la mascarilla no es obligatoria en playas y espacios naturales para quienes van solos o con sus convivientes y mantienen la distancia respecto a los demás, pero sí en las reuniones sociales en esos lugares, al margen de lo que diga la ley estatal.

Por su parte, el consejero cántabro de Sanidad, Miguel Rodríguez, ha señalado que la ley se podrá «matizar» entre el Gobierno y las comunidades porque ha quedado «descontexualizada».

DOS MILLONES DE DOSIS EN UNA SEMANA

Al margen de esta norma, Darias ha anunciado que mañana llegarán a España más de un millón de vacunas de AstraZeneca, que se suman al poco más de un millón de las recibidas a principios de semana por parte de Pfizer y Moderna.

Así, esta semana será la primera en la que el país va a recibir más de dos millones de nuevas dosis, con lo que Darias ha insistido en que es importante que las comunidades vacunen todos los días de Semana Santa, para acelerar el proceso de inmunización.

Hasta el momento, según los datos de Sanidad que ha proporcionado la ministra, el 80 % de la población incluida en los grupos 1 a 6 de vacunación ha tenido ya una dosis administrada, mientras que el 41 % cuenta ya con las dos dosis.

Los grupos 1 a 6 incluyen a residentes y personal sanitario de centros de mayores; profesionales en primera línea en el ámbito sociosanitario; trabajadores de instituciones penitenciarias; grandes dependientes; personas vulnerables por su edad, y colectivos en activo con una función esencial para la sociedad.

ASTRAZENECA, HASTA LOS 65 AÑOS

En cuando a la quinta actualización de la estrategia de vacunación, aprobada ayer por la Comisión de Salud Pública, Darias ha precisado que el suero de AstraZeneca se administrará a personas de hasta 65 años, mientras que el resto de sueros disponibles (Pfizer y Moderna), así como los que se incorporen en breve (Janssen) se aplicarán para los mayores de esa edad.

Según esta actualización, se recomienda administrar la nueva vacuna de Janssen -que llega a España en abril- de forma paralela a las de Pfizer y Moderna para incrementar el ritmo de inmunización de los grupos de más edad.

MÁXIMA PRECAUCIÓN EN SEMANA SANTA

A las puertas de la Semana Santa, la ministra ha querido insistir en pedir «máxima precaución» y «máxima prudencia» porque estamos «en un momento crítico» de la pandemia, en un «período de transmisión valle con tendencia al alza en casi todos los territorios».

De esta forma, ha llamado «a la responsabilidad» para especialmente «ganar tiempo», porque «cada semana que consigamos retrasar el incremento de contagios estamos ganando tiempo al virus».

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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