Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los motivos por los que la app Radar Covid no es útil

Publicado

en

Las apps de rastreo según los expertos son una herramienta que puede resultar útil en el control de la pandemia gracias a la colaboración de los ciudadanos. Radar Covid es la aplicación de rastreo que en España ha puesto en marcha el Gobierno. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha llevado a cabo una encuesta sobre la utilización por parte de los ciudadanos de la aplicación Radar Covid que señala que una parte importante de la población no se la ha descargado por diferentes razones, lo que puede afectar a su efectividad.

En la encuesta de OCU han participado 1.543 personas de entre 25 y 79 años pertenecientes a una muestra representativa de la población española. Entre los principales resultados de la encuesta, destaca que el 28% de los entrevistados dicen tener ya instalada la app Radar COVID. La disposición de quienes ya la tienen instalada es muy alta. El 92% de quienes tienen instalada la app o de quienes tienen intención de hacerlo en los próximos días/semanas notificarían un caso positivo de COVID a través de la app si les fuera diagnosticada la enfermedad.

El 89% seguirían los pasos recomendados en caso de que la app les notificase que un contacto suyo ha sido diagnosticado de COVID.

Entre quienes no tienen instalada la app, la mayoría tiene dudas si finalmente lo hará, y el 20% dice que se la instalarán en los próximos días/semanas. Apenas hay diferencias según el sexo de los entrevistados. El porcentaje de personas que no han instalado la app es mayor conforme aumenta la edad de los entrevistados.

El aspecto más negativo que señala la encuesta de OCU es que el 16% de los encuestados dice que no se instalará la app en ningún caso.

El principal motivo de rechazo hacia la aplicación esgrimido por quienes no se la han instalado, pero también por quienes dudan de si finalmente la instalarán, son las dudas acerca de su utilidad real. El segundo motivo de rechazo para ambos es el referido a la privacidad.

OCU lamenta los retrasos en la puesta en marcha de la aplicación y la falta de datos de su utilización real. Hasta el pasado 25 de septiembre la aplicación sigue sin funcionar en dos de las Comunidades Autónomas más pobladas Cataluña y Madrid. OCU pide un esfuerzo en transparencia a todas las Administraciones implicadas para aclarar las posibles dudas sobre la privacidad y el uso real de la aplicación que para el éxito de su funcionamiento requiere la indispensable colaboración de los ciudadanos.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

Publicado

en

Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

Puedes seguir toda la actualidad visitando OfficialPress o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo