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Los motivos por los que la app Radar Covid no es útil

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Las apps de rastreo según los expertos son una herramienta que puede resultar útil en el control de la pandemia gracias a la colaboración de los ciudadanos. Radar Covid es la aplicación de rastreo que en España ha puesto en marcha el Gobierno. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha llevado a cabo una encuesta sobre la utilización por parte de los ciudadanos de la aplicación Radar Covid que señala que una parte importante de la población no se la ha descargado por diferentes razones, lo que puede afectar a su efectividad.

En la encuesta de OCU han participado 1.543 personas de entre 25 y 79 años pertenecientes a una muestra representativa de la población española. Entre los principales resultados de la encuesta, destaca que el 28% de los entrevistados dicen tener ya instalada la app Radar COVID. La disposición de quienes ya la tienen instalada es muy alta. El 92% de quienes tienen instalada la app o de quienes tienen intención de hacerlo en los próximos días/semanas notificarían un caso positivo de COVID a través de la app si les fuera diagnosticada la enfermedad.

El 89% seguirían los pasos recomendados en caso de que la app les notificase que un contacto suyo ha sido diagnosticado de COVID.

Entre quienes no tienen instalada la app, la mayoría tiene dudas si finalmente lo hará, y el 20% dice que se la instalarán en los próximos días/semanas. Apenas hay diferencias según el sexo de los entrevistados. El porcentaje de personas que no han instalado la app es mayor conforme aumenta la edad de los entrevistados.

El aspecto más negativo que señala la encuesta de OCU es que el 16% de los encuestados dice que no se instalará la app en ningún caso.

El principal motivo de rechazo hacia la aplicación esgrimido por quienes no se la han instalado, pero también por quienes dudan de si finalmente la instalarán, son las dudas acerca de su utilidad real. El segundo motivo de rechazo para ambos es el referido a la privacidad.

OCU lamenta los retrasos en la puesta en marcha de la aplicación y la falta de datos de su utilización real. Hasta el pasado 25 de septiembre la aplicación sigue sin funcionar en dos de las Comunidades Autónomas más pobladas Cataluña y Madrid. OCU pide un esfuerzo en transparencia a todas las Administraciones implicadas para aclarar las posibles dudas sobre la privacidad y el uso real de la aplicación que para el éxito de su funcionamiento requiere la indispensable colaboración de los ciudadanos.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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