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Así son los nuevos salarios y beneficios de los trabajadores de Mercadona

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MADRID, 18 Feb.- El nuevo convenio colectivo de Mercadona, que contempla un sueldo base mínimo de 1.300 euros brutos al mes y la ampliación del permiso de paternidad hasta las siete semanas, frente a las cinco que marca la ley, ha sido publicado este lunes en el Boletín Oficial del estado (BOE).

Dicho convenio, suscrito por la compañía y los sindicatos UGT y CC.OO. el pasado mes de diciembre, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2019 y tendrá una duración de cinco años, hasta 2023.

Al sueldo base se suman los complementos de la política retributiva de la compañía, con incrementos de un 11% anual hasta el tramo 5, y un aumento progresivo del salario base vinculado al IPC, además de mejoras en los pluses de nocturnidad y frío.

«El nuevo marco laboral, más igualitario y social, refuerza el compromiso de Mercadona con el empleo estable y de calidad, avanza en sus condiciones laborales, al tiempo que consolida su apuesta por mejorar el poder adquisitivo de la plantilla», destacó la compañía en un comunicado tras la firma del nuevo convenio.

El convenio incorpora medidas de carácter social y refuerza sus compromisos en materia de conciliación de la vida familiar y laboral. Entre las nuevas medidas, incluye la ampliación del permiso de paternidad hasta las siete semanas, frente a las cinco que actualmente recoge la ley, y el cobro del 100% del salario estando de baja por incapacidad temporal hasta los 18 meses.

Igualmente introduce la ampliación de la excedencia por cuidado de hijos hasta que el menor cumpla los 12 años. Además, quienes tengan a su cuidado directo un menor de 12 años que estén disfrutando de una reducción de jornada, cuando se agote la edad máxima legal podrá solicitar un cambio de contrato a tiempo parcial hasta los 15 años del menor, y luego volver a tiempo total, si así lo desean.

En materia de excedencias, el convenio contempla la posibilidad de solicitarla con reserva del puesto de trabajo hasta tres años en caso de violencia de género, así como otros derechos específicos en estos supuestos.

Además, el nuevo marco establece un máximo de dos días a la semana de diez horas, incorpora la devolución de la ‘bolsa de horas’ en días completos cuando sean 12 horas o más, establecerá la implantación de un sistema de fichaje y fija no partir jornadas inferiores a cinco horas en tiempos totales.

Sobre días libres, incluye para los trabajadores del área logística un mínimo de siete fines de semana al año y calendarios anuales de su jornada laboral.

Fuente : Europa Press

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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