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El dueño de la finca replica a los padres de Julen que piden 3 años y medio de cárcel

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Los padres de Julen, el niño de dos años que murió el pasado mes de enero tras caer a un pozo en Totalán (Málaga) han solicitado tres años y medio de prisión para David Serrano, tío del menor y dueño de la finca donde estaba ubicado el pozo por el que se precipitó el pequeño.

La abogada del matrimonio Roselló García ha presentado un escrito en el que describen que Serrano es autor de homicidio por imprudencia grave. La misma consideración hacia el procesado que mantiene la Fiscalía de Málaga solicitando por ello tres años de prisión.

Dicho escrito especifica la “falta total de respeto por las normas de seguridad” del acusado “e incluso a la lógica elemental de advertir de la presencia de un peligro real y oculto a simple vista lo que ha desencadenado el fatal desenlace”. La representante legal destaca la existencia de “multitud de infracciones normativas” como no haber avisado de la existencia del pozo a las personas que le acompañaron a hacer una paella el pasado 13 de enero. Algo que considera “una grave conducta omisiva negligente en el acusado, infringiéndose normas de mínimo cuidado con la creación de un previsible riesgo que se hubiera evitado adoptándose las mínimas medidas de seguridad previstas por la normativa”, según recoge Europa Press.

Tras presentar este escrito la reacción de David Serrano no se ha hecho esperar. Ha sido a través del programa ‘Espejo Público’ de Antena 3 al que ha remitido un comunicado en el que asegura que él sí que avisó que había un pozo, tal como admitió el padre de Julen durante la instrucción.

Serrano atribuye a la nueva abogada de la acusación que los padres del niño «hayan maquillado» su declaración, pareciendo querer «venganza y no justicia».

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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