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El dueño de la finca replica a los padres de Julen que piden 3 años y medio de cárcel

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Los padres de Julen, el niño de dos años que murió el pasado mes de enero tras caer a un pozo en Totalán (Málaga) han solicitado tres años y medio de prisión para David Serrano, tío del menor y dueño de la finca donde estaba ubicado el pozo por el que se precipitó el pequeño.

La abogada del matrimonio Roselló García ha presentado un escrito en el que describen que Serrano es autor de homicidio por imprudencia grave. La misma consideración hacia el procesado que mantiene la Fiscalía de Málaga solicitando por ello tres años de prisión.

Dicho escrito especifica la “falta total de respeto por las normas de seguridad” del acusado “e incluso a la lógica elemental de advertir de la presencia de un peligro real y oculto a simple vista lo que ha desencadenado el fatal desenlace”. La representante legal destaca la existencia de “multitud de infracciones normativas” como no haber avisado de la existencia del pozo a las personas que le acompañaron a hacer una paella el pasado 13 de enero. Algo que considera “una grave conducta omisiva negligente en el acusado, infringiéndose normas de mínimo cuidado con la creación de un previsible riesgo que se hubiera evitado adoptándose las mínimas medidas de seguridad previstas por la normativa”, según recoge Europa Press.

Tras presentar este escrito la reacción de David Serrano no se ha hecho esperar. Ha sido a través del programa ‘Espejo Público’ de Antena 3 al que ha remitido un comunicado en el que asegura que él sí que avisó que había un pozo, tal como admitió el padre de Julen durante la instrucción.

Serrano atribuye a la nueva abogada de la acusación que los padres del niño «hayan maquillado» su declaración, pareciendo querer «venganza y no justicia».

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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