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España es el tercer país de la Unión Europea con menos graduados universitarios trabajando

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Suspenso masivo en las oposiciones a docentes

Según el informe anual sobre Educación y Formación de la Comisión Europea, España tiene un 72,3% de graduados universitarios con empleo, lo que supone que sea el tercer país de la Unión Europea con menos graduados universitarios trabajando en 2016. El porcentaje español está muy por debajo de la media europea que se eleva al 82,2%.

Por delante de España están Grecia con un 55% de graduados trabajando e Italia con un 61,3%. Sin embargo, cabe destacar que la tasa de empleo de universitarios españoles ha mejorado 5,5 puntos desde 2013 aunque aún queda mucho para llegar al 85,3% anterior a la crisis económica.

Por otra parte, España registra también el tercer puesto en la peor tasa de empleo entre los graduados de Bachillerato y Educación Postsecundaria, que cuenta con un 56,8% frente al 72,6% de media europea. En esta lista, Grecia (37,8%) e Italia (45,6%) vuelven a ser los dos países con peores porcentajes de la UE.

En cuanto al conjunto de recién graduados con edades comprendidas entre 20 y 34 años que han encontrado trabajo, la tasa de empleo cae hasta el 68%, cifra muy inferior a la media europea de 78,2%. Así, se sitúa también en tercer lugar tras Grecia (49,2%) e Italia (52,9%).

Por su parte, la tasa de abandono escolar española es 10,7%, siendo el segundo país con más abandono escolar temprano de la UE. Malta es el único país que registra mayor tasa de abandono escolar con un 19,6%.

En concreto, este informe se realiza para marcar objetivos en educación año tras año. La UE se ha puesto el objetivo de que el 82% de los jóvenes tarden menos de tres años en encontrar trabajo tras graduarse en Bachillerato o formación Profesional de grado medio en 2020.

Con estos resultados, el Ejecutivo comunitario ha advertido que España necesita «mejorar» la adaptación al mercado laboral de los jóvenes y «aumentar la atractividad» de los programas de Formación Profesional.

El 35,2% de los estudiantes de educación secundaria en España optaron por la FP en 2015 en España, un 1,2% más que el año anterior pero todavía lejos de la media europea. La tasa de empleo de los graduados de FP en España se situó en el 61,3% en 2016, muy por debajo de la media europea.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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