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Estos son los cambios en los paseos con los niños que entran en vigor este lunes

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Separaciones de pareja con niños

Sanidad ha flexibilizado los paseos en fase 1 y fase 2 de manera que hasta 10 personas puedan realizarlos en fase 1 y hasta 15 en fase dos tal y como se ha publicado en una nueva orden en el BOE de este sábado 23 de mayo. Fecha en la que toda el país estará en fase 1 o fase 2 a partir de este lunes 25 de mayo.

Una de las principales novedades afecta al paseo de los niños: «Hoy se han flexibilizado las normas para los paseos con niños y niñas durante la fase 1. Hasta ahora sólo podían salir acompañados de un adulto. A partir del lunes podrán pasear con dos adultos si se quiere, manteniendo las medidas de seguridad». De esta manera lo resumía en Twitter el ministro Alberto Garzón.

La publicación del BOE introduce una nueva disposición adicional para la flexibilización para los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional.

Por tanto, a partir de este lunes dejan de ser aplicación a los desplazamientos de la población infantil y a la práctica de la actividad física no profesional las limitaciones respectivamente previstas en los artículos 3.1 de la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, y 2.3 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril.

El lunes 25 de mayo también podremos visitar a nuestros familiares, también a los más vulnerables. Eso sí, con «rigurosas medidas de protección».

Por tanto, los encuentros de las familias con sus abuelos sí están permitidos, bien en sus domicilios o en una terraza, dentro de que se respeten límites antes mencionados, pero desde Sanidad no se recomiendan estos encuentros y se aconseja esperar para poder ir a visitar a los mayores, si estos no gozan de buena salud o si cuentan con patologías previas.

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Condena histórica al fiscal general: dos años de inhabilitación por revelación de secretos contra el novio de Ayuso

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Álvaro García Ortiz

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, a dos años de inhabilitación y a pagar una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de secretos. La sentencia afecta a Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a quien el Tribunal ordena indemnizar con 10.000 euros por daños morales.

Según la resolución del Supremo, García Ortíz vulneró la confidencialidad de información sensible relacionada con Alberto González Amador, un acto considerado grave por comprometer derechos fundamentales y la confianza en la administración pública.

Esta decisión del Tribunal Supremo marca un precedente significativo sobre la responsabilidad de altos cargos en el manejo de información confidencial, reforzando la protección jurídica frente a filtraciones o revelaciones indebidas.

 


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