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Valencia

Aprobada la ley valenciana de bienestar animal

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La portavoz del grupo parlamentario de Ciudadanos, Mamen Peris, hoy en Les Corts. EFE/Manuel Bruque

València, 23 feb (OFFICIAL PRESS, EFE).- La ley de protección, bienestar y tenencia de animales de compañía ha sido aprobada este jueves en les Corts Valencianes. La medida recibió en el último pleno de la lesgislatura los votos a favor de PSPV-PSOE, Compromís y Unides Podem y los votos en contra de PP, Cs y Vox.

Aprobada la nueva ley de bienestar animal valenciana

La nueva ley actualiza la norma de 1994 sobre la protección de los animales de compañía. Entre los cambios que introduce destacan el «sacrificio cero» (solo se permite en casos de lesiones irreversibles) o la prohibición de la cría y venta entre particulares. También endurece las sanciones, que pueden llegar hasta los 45.000 euros. El importe de las sanciones se destinará a acciones de protección animal.

Los perros de caza sí entran en la ley valenciana

Esta es una de las principales diferencias con el proyecto de ley estatal, que ha dejado fuera a estos animales. La ley valenciana los incluye en la clasificación de animales que realizan «actividades específicas», como los de pastoreo, rescate, asistencia o lazarillos. En el caso de estos animales, no se considerará maltrato cuando sufran una lesión durante esas actividades.

Tras la erradicación del abandono de los animales de compañía

La ley valenciana prohíbe dar animales de compañía como premio; exhibirlos en locales comerciales no dedicados a la venta de animales; darles una educación agresiva o violenta o prepararlos para peleas; o usar animales en espectáculos circenses, mientras que obliga a esterilizar a los animales abandonados y las colonias felinas.

Para erradicar el abandono de animales de compañía, la ley establece la plena identificación y trazabilidad de estos animales. Contempla también la creación de un registro autonómico de personas inhabilitadas para la tenencia de animales de compañía por sentencia judicial o resolución administrativa.

Novena ley sobre animales de España

Esta ley es la novena que se aprueba en España para actualizar la normativa sobre animales. Desde los grupos del Botànic, el PSPV han inidicado que la ley recoge muchas propuestas de la sociedad valenciana, en la que más de un millón de hogares tienen perro, y además se ha tratado a la oposición «como partido de gobierno» para lograr un texto que represente a todos.

A juicio de Compromís, esta norma es «tan esperada como necesaria» porque introduce «importantes hitos» en la protección de los animales. Consideran que va a ser «el fin para siempre» de las perreras en la Comunitat Valenciana; que recoge el carácter «sintiente» de los animales; fomenta la adopción, y es «transformadora».

Para Unides Podem, es una ley «muy necesaria» que busca dar solución a problemas como el abandono y el maltrato y logra avances significativos, aunque ha admitido que les hubiera gustado que en la definición de maltrato, que habla de acciones sobre un animal que provoquen lesiones que menoscaben gravemente su salud, les hubiera gustado quitar el «gravemente».

La opinión de la oposición

Desde la oposición, el PP considera que la ley recoge obligaciones, prohibiciones y régimen de sanciones que en algunos aspectos son «desmesurados» y pueden «menoscabar» la actividad del mundo rural, mientras se carga de trámites burocráticos a los Ayuntamientos pero no se les da la financiación necesaria.

Ciudadanos considera que se a hecho una ley «llena de incongruencias» y que genera «inseguridad jurídica» por no haberse esperado a la aprobación de la ley estatal, mientras que Vox opina que puede ser inconstitucional por entrar en contradicción con aspectos de la norma que tramitan las Cortes Generales.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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