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Piden la retirada de dos cremas solares para niños de Isdin y Babaria por dar menos protección de la indicada

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La Organicación de Consumidores y Usuarios ha pedido la retirada de dos productos solares para niños porque tienen un factor de protección menor: debería estar etiquetado como SPF 15, en lugar de +50. Estos productos son los productos solares Babaria Solar Infantil Spray ProtecciónISDIN Fotoprotector Pediatrics Transparent Spray. Según el análisis de la entidad, el producto es inadecuado y peligroso para la delicada piel infantil. OCU también alerta de que no son los únicos productos, pero sí los que incumplen más gravemente la normativa.

En su estudio, OCU ha comprado y analizado diecisiete productos, protectores solares en formato pulverizador (espráis, pistola o aerosol) con SPF 50+ . Se trata de productos especialmente destinados a la piel de los niños, de las marcas más conocidas y de venta en supermercados, perfumerías, farmacia o parfarmacias.

En el laboratorio han sido sometidos a pruebas muy específicas, entre ellas test destinados a comprobar el si el factor de protección solar (SPF) anunciado corresponde al real y así ha sido en la mayoría de los casos, pero hay dos protectores que no cumplen esa regla básica:

  • ISDIN Fotoprotector Pediatrics Transparent Spray SPF 50+ es el caso más grave: según los resultados solo ofrece una protección media y deberia etiquetarse como SPF 15.

 

  • Babaria Infantil Spray Protector SPF 50+ tampoco ofrece la protección solar anunciada: su etiqueta debería indicar SPF 30.

 

Por otro lado, los resultados de los análisis revelan que:

  • No hay problemas con a protección frente a la radiación UVA (salvo en el caso del fotoprotector de ISDIN que también se queda corto en este aspecto).

 

  • En la composición de los protectores analizados no se incluyen parabenos inseguros, si bien en el producto de Babaria hemos detectado la presencia de alérgenos, en concreto Butylphenyl methylpropional (también denominado Lilial) y de fragancias alergénicas.

 

  • Todos cumplen las normas de etiquetado básico, aunque Mustela no incluye información en español y en la mayoría de los productos se abusa de alegaciones innecesarias (tipo «sin parabenos», «hipoalergénico»…).

 

  • La prueba de uso (comodidad del envase, facilidad para extenderlo, tacto…) ofrece en general buenos resultados: los formatos en esprái, pistola o aerosol son muy valorados.

Según la Organización de Consumidores y Usuarios hay muy buenos productos para proteger bien del sol a los niños: la mayoría son buenos y 7 de los 17 productos analizados obtienen una calificación global muy buena. Destaca del resto Garnier Delial Sensitive Advanced Bruma Antiarena, Mejor del Análisis. La Compra Maestra es Cien Sun Spray Solar Infantil (formato pistola), que presenta la mejor relación calidad/precio.

En vista de los resultados obtenidos, OCU ha solicitado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios que realice las comprobaciones necesarias y retire del mercado estos dos productos, por el riesgo grave que su uso puede suponer para la salud de los niños.

 

Fuente: OCU

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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