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Piden la retirada de dos cremas solares para niños de Isdin y Babaria por dar menos protección de la indicada

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La Organicación de Consumidores y Usuarios ha pedido la retirada de dos productos solares para niños porque tienen un factor de protección menor: debería estar etiquetado como SPF 15, en lugar de +50. Estos productos son los productos solares Babaria Solar Infantil Spray ProtecciónISDIN Fotoprotector Pediatrics Transparent Spray. Según el análisis de la entidad, el producto es inadecuado y peligroso para la delicada piel infantil. OCU también alerta de que no son los únicos productos, pero sí los que incumplen más gravemente la normativa.

En su estudio, OCU ha comprado y analizado diecisiete productos, protectores solares en formato pulverizador (espráis, pistola o aerosol) con SPF 50+ . Se trata de productos especialmente destinados a la piel de los niños, de las marcas más conocidas y de venta en supermercados, perfumerías, farmacia o parfarmacias.

En el laboratorio han sido sometidos a pruebas muy específicas, entre ellas test destinados a comprobar el si el factor de protección solar (SPF) anunciado corresponde al real y así ha sido en la mayoría de los casos, pero hay dos protectores que no cumplen esa regla básica:

  • ISDIN Fotoprotector Pediatrics Transparent Spray SPF 50+ es el caso más grave: según los resultados solo ofrece una protección media y deberia etiquetarse como SPF 15.

 

  • Babaria Infantil Spray Protector SPF 50+ tampoco ofrece la protección solar anunciada: su etiqueta debería indicar SPF 30.

 

Por otro lado, los resultados de los análisis revelan que:

  • No hay problemas con a protección frente a la radiación UVA (salvo en el caso del fotoprotector de ISDIN que también se queda corto en este aspecto).

 

  • En la composición de los protectores analizados no se incluyen parabenos inseguros, si bien en el producto de Babaria hemos detectado la presencia de alérgenos, en concreto Butylphenyl methylpropional (también denominado Lilial) y de fragancias alergénicas.

 

  • Todos cumplen las normas de etiquetado básico, aunque Mustela no incluye información en español y en la mayoría de los productos se abusa de alegaciones innecesarias (tipo «sin parabenos», «hipoalergénico»…).

 

  • La prueba de uso (comodidad del envase, facilidad para extenderlo, tacto…) ofrece en general buenos resultados: los formatos en esprái, pistola o aerosol son muy valorados.

Según la Organización de Consumidores y Usuarios hay muy buenos productos para proteger bien del sol a los niños: la mayoría son buenos y 7 de los 17 productos analizados obtienen una calificación global muy buena. Destaca del resto Garnier Delial Sensitive Advanced Bruma Antiarena, Mejor del Análisis. La Compra Maestra es Cien Sun Spray Solar Infantil (formato pistola), que presenta la mejor relación calidad/precio.

En vista de los resultados obtenidos, OCU ha solicitado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios que realice las comprobaciones necesarias y retire del mercado estos dos productos, por el riesgo grave que su uso puede suponer para la salud de los niños.

 

Fuente: OCU

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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