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Ribó siembra la duda sobre el PSPV: «No está trabajando mucho»

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El alcalde de València en funciones y candidato de Compromís a la reelección, Joan Ribó, se ha mostrado «preocupado» por el desarrollo de las negociaciones que se llevan a cabo en «diversos municipios» de la provincia dirigidas a lograr «acuerdos progresistas» porque, según ha dicho «el Partido Socialista no está trabajando mucho» en ese sentido y que su actitud «no está siendo la que, en principio tendría que ser». «A mi esto me preocupa», ha señalado el primer edil en funciones, que ha apuntado que en esas circunstancias hay localidades valencianas como «Sueca, Sagunto, Quatretonda o Paiporta».

Asimismo, ha resaltado que manifiesta esta preocupación para «estimular que llegue a buen puesto» cualquier negociación en favor de ejecutivos municipales progresistas y ha declarado que ha pedido a la dirección de su partido, Compromís, «que nos preocupemos todos un poco de ese tema porque es serio».

Por su parte, la candidata del PSPV-PSOE a la Alcaldía de València y concejala electa, Sandra Gómez, se ha desmarcado de las críticas. «Desconozco qué ocurre en otros municipios», ha afirmado Gómez, que ha subrayado que su «obligación» y su «preocupación» son «la ciudad de València». No obstante, ha señalado, sin mencionar a ninguna, que «la historia» de alguna localidad «ha demostrado que hay siempre decisiones difíciles de comprender por parte de todos los partidos».

«Desconozco la idiosincrasia de cada municipio concreto», ha asegurado Gómez, que ha agregado que desconoce también «qué ocurre en el resto de la Comunitat» respecto a pactos locales. «Reitero que mi obligación es València y que mi preocupación es la ciudad de València», ha agregado. También ha descartado que los problemas que puedan darse en otras localidades para constituir gobiernos de progreso puedan influir en las negociaciones entre Compromís y PSPV para conformar el nuevo ejecutivo de este tipo que integrarán la próxima legislatura en València.

«Siempre he defendido que València es un territorio autónomo que tiene que trabajar en sus propias líneas de gobierno», ha declarado en este sentido Sandra Gómez. De la misma manera, ha indicado que la negociación realizada entre Compromís, PSPV y Unides Podem para la formación del gobierno autonómico tampoco ha condicionado la que hay en marcha en la ciudad.

«Al igual que hemos defendido que lo que pase en la Generalitat, con la importancia incuestionable que tiene, no debía afectar a la ciudad de València, lo que pase en otros municipios tiene que quedar en la dirección nacional», ha insistido la edil electa del PSPV.

Sandra Gómez ha considerado que «conformar gobierno» en la capital valenciana y para ello «hacer un acuerdo y un programa con los objetivos que se tienen que conseguir en cuatro años requiere el cien por cien» de los «esfuerzos» y de la «dedicación» de los miembros de Compromís y PSPV en la ciudad.

 

Fuente: Europa Press

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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