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Simón reconoce que el coronavirus pudo transitar por España antes de finales de febrero

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Fernando Simón ha reconocido este miércoles que el coronavirus pudo circular por España antes de finales de febrero, justo en el el momento en el que el Ministerio de Sanidad fija el gran incremento de contagios dentro de la pandemia.

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, ha hecho estas declaraciones en la rueda de prensa posterior al Comité Técnico de Gestión del Coronavirus, y Simón también ha sido preguntado sobre la posibilidad de que España investigue casos de neumonía registrados desde noviembre para verificar si pueden ser realmente Covid-19, tal y como ha sugerido la Organización Mundial de la Salud (OMS), a lo que Simón no ha respondido.

También ha indicado que existe «probabilidad» de que el virus viajara desde China hasta Europa antes de la notificación del brote por parte de las autoridades chinas, el 31 de diciembre de 2019: «Tenemos informaciones de estudios de que es muy probable que hubiera infecciones en China producidas a finales o mediados de noviembre que se detectaron más tarde».

Y ha reconocido que la gente que se hubiera podido infectar en China viniera a Europa en esos momentos: «Eso probablemente sucedió con algunos casos, pero en un número relativamente pequeño, porque si no, nuestras epidemias pudieran haber empezado antes».

El primer caso notificado en España se produjo el 31 de enero. En ese momento, según Simón: «En esos estudios iniciales no se detectó ninguno que fuera positivo». Pero ha afirmado que se dio algún contagio «bastante antes de que fuera notificado», como un positivo que empezó síntomas el 2 de febrero en Valencia. «Es posible que llegara un caso antes de finales de febrero, pero desde luego no generó un brote identificable. Si miramos la evolución de los datos de la gripe, en España no se detectó nada raro hasta finales de febrero. La transmisión en España, por los estudios filogenéticos de los virus, parece que empezó a tener un nivel de transmisión suficiente hacia finales de febrero, pero pudo haber casos antes que pasaron desapercibidos».

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El Supremo levanta la orden de detención contra Puigdemont tras el aval del Constitucional a la amnistía por malversación

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Carles Puigemont

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la orden nacional de busca y captura y detención contra el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, después de que el Tribunal Constitucional haya avalado la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación relacionado con el procés.

La decisión ha sido adoptada este martes por el magistrado del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del procés. En un auto, Llarena acuerda levantar «con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa» las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.

El levantamiento es inmediato

La resolución del Supremo se produce después de que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso de amparo presentado por la exconsellera Dolors Bassa contra la decisión que había rechazado aplicarle la amnistía por el delito de malversación.

El Constitucional ha establecido así un criterio que puede afectar al resto de dirigentes del procés que mantienen causas pendientes por este delito. La decisión se ha adoptado por siete votos frente a cinco, según fuentes jurídicas citadas por EFE.

Llarena señala que todavía no dispone del texto íntegro de la sentencia del Constitucional, pero considera que existe una «coincidencia sustancial» entre los hechos y la cuestión jurídica analizada en el caso de Bassa y la situación de Puigdemont, Comín y Puig. Por ello, entiende que el nuevo pronunciamiento puede afectar al fundamento de las órdenes de detención.

Puigdemont puede regresar a España sin esa orden de detención

El levantamiento de la orden nacional elimina, por el momento, el riesgo de que Puigdemont sea detenido en España en virtud de esa medida. La decisión también afecta a Toni Comín y Lluís Puig, que permanecían procesados en la causa del procés.

El Supremo ha comunicado la decisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que no ejecuten ninguna privación de libertad basada en las órdenes que han quedado sin efecto.

No obstante, el auto de Llarena deja claro que esta decisión no supone todavía la aplicación automática de la amnistía ni declara extinguida la responsabilidad penal de Puigdemont, Comín y Puig. Se trata de una medida adoptada ante el nuevo escenario jurídico abierto por el Constitucional.

El Supremo deberá resolver sobre la amnistía

El magistrado Pablo Llarena deberá analizar el contenido íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional para determinar sus consecuencias sobre la situación jurídica de Puigdemont y los otros dos exconsellers.

El propio auto señala que la decisión sobre las órdenes de detención podrá ser revisada posteriormente, una vez estudiado el alcance completo del pronunciamiento del Constitucional.

La decisión supone un nuevo paso en la aplicación de la Ley de Amnistía a los delitos de malversación vinculados al procés y abre la puerta al regreso a España de Puigdemont sin la orden nacional de detención que permanecía vigente desde 2017.

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