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Abren diligencias contra el exministro Salvador Illa por la distribución de mascarillas defectuosas a los sanitarios

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La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha acogido con satisfacción la noticia de que el juzgado de Instrucción número 14 de Madrid haya abierto diligencias previas contra el exministro de Sanidad, Salvador Illa, por la querella presentada por el sindicato tras el escándalo de las mascarillas defectuosas durante los primeros momentos de la pandemia.

El auto del juez señala que se deben incoar Diligencias Previas por el presunto delito contra los derechos de los trabajadores contra Salvador Illa Roca, para lo que exige que se dé traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre la competencia de este órgano o del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, habida cuenta del carácter de aforado del querellado.

Además, en caso de resultar este órgano el competente para su conocimiento, deberá informar sobre la pertinencia de la admisión a trámite de la presente querella.

Esta decisión se produce después de que en abril de 2020 CESM presentara una querella por la gestión de las mascarillas no homologadas que se distribuyeron entre los profesionales sanitarios y que no impidieron contagios entre los mismos en sus puestos de trabajo. En un primer pronunciamiento el Tribunal Supremo consideró prematuro actuar contra el entonces ministro porque no podía demostrarse que se le pudiera atribuir la responsabilidad de la distribución de las mascarillas saltándose los trámites de homologación que correspondía al Instituto de Salud Carlos III. Por este motivo el Alto Tribunal ordenó que se derivase al juzgado de Instrucción, se investigase y si se confirmaba que Illa tenía implicación y seguía aforado, que la causa volviera al Supremo.

Por el momento, la Confederación se mantiene a la espera del informe que elabore el fiscal, que será trasladado también al sindicato para que posteriormente pueda presentar alegaciones antes de que sea el juez quien adopte la decisión sobre esta causa.

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Esta será la nueva edad de jubilación y de jubilación anticipada a partir del 1 de enero de 2026

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La edad legal de jubilación subirá a 66 años y ocho meses en 2025: Novedades en pensiones y jubilación anticipada
Un par de jubilados sentados en bancos de un parque. EFE/Archivo

A partir del 1 de enero de 2026, jubilarse en España será un poco más exigente en cuanto a edad y años cotizados. La aplicación progresiva de la reforma de las pensiones de 2013 continúa avanzando hacia su objetivo final: situar la edad legal de jubilación ordinaria en los 67 años en 2027. El próximo año marca un nuevo escalón clave en este calendario.

La normativa distingue entre quienes han cotizado largas carreras laborales y quienes no alcanzan determinados umbrales, lo que afecta tanto a la jubilación ordinaria como a la anticipada y a la parcial.

Edad legal de jubilación en 2026

En 2026, la edad ordinaria de jubilación dependerá directamente de los años cotizados a lo largo de la vida laboral.

Jubilación con el 100% de la pensión

  • 66 años y 10 meses: será la edad exigida para quienes no alcancen los 38 años y 3 meses de cotización.

  • 65 años: podrán jubilarse quienes sí acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados, manteniendo así la edad tradicional.

Este sistema busca premiar las carreras laborales más largas, permitiendo jubilarse antes sin penalización en la pensión.

Cotización mínima obligatoria

La reforma no modifica el requisito mínimo para acceder a una pensión contributiva de jubilación, que sigue siendo de:

  • 15 años cotizados, de los cuales

  • 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de la jubilación.

Jubilación parcial en 2026

La jubilación parcial permite compatibilizar trabajo y pensión, reduciendo la jornada laboral.

Sin contrato de relevo

  • La edad mínima será la edad legal ordinaria de jubilación que corresponda en cada caso.

  • La reducción de jornada podrá situarse entre el 25% y el 75%.

Una de las principales novedades de la última reforma es que el límite máximo del 75% de reducción se aplica ahora en todos los supuestos.

Con contrato de relevo

En 2026, las edades mínimas serán:

  • 62 años y 10 meses, si se acreditan 33 años o más cotizados.

  • 64 años y 8 meses, si se tienen menos de 33 años cotizados.

Jubilación anticipada en 2026

La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad legal, aunque con recortes en la cuantía de la pensión mediante coeficientes reductores.

Jubilación anticipada voluntaria

  • Se puede adelantar hasta 24 meses respecto a la edad legal.

  • En 2026, será posible jubilarse a los 64 años y 10 meses, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados.

  • Quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses podrán hacerlo desde los 63 años.

Jubilación anticipada involuntaria

Cuando la jubilación se produce tras un despido objetivo o colectivo, el adelanto puede ser mayor:

  • Hasta 48 meses antes de la edad legal.

  • En 2026, será posible jubilarse a los 62 años y 10 meses con 33 años cotizados.

  • O a los 61 años si se acreditan 38 años y 3 meses de cotización.

Penalizaciones en la pensión por jubilación anticipada

En todos los casos de jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores mensuales sobre la pensión. Estos recortes dependen de:

  • El número de meses de adelanto.

  • El total de años cotizados.

Cuanto mayor sea el anticipo y menor la carrera de cotización, mayor será la reducción permanente en la pensión.

Un paso más hacia los 67 años en 2027

El año 2026 se consolida como una fase clave en el endurecimiento progresivo de las condiciones de jubilación en España. La reforma culminará en 2027, cuando la edad legal ordinaria alcance definitivamente los 67 años para quienes no acrediten largas carreras laborales, marcando un cambio estructural en el sistema público de pensiones.

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