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Abren diligencias contra el exministro Salvador Illa por la distribución de mascarillas defectuosas a los sanitarios

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La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha acogido con satisfacción la noticia de que el juzgado de Instrucción número 14 de Madrid haya abierto diligencias previas contra el exministro de Sanidad, Salvador Illa, por la querella presentada por el sindicato tras el escándalo de las mascarillas defectuosas durante los primeros momentos de la pandemia.

El auto del juez señala que se deben incoar Diligencias Previas por el presunto delito contra los derechos de los trabajadores contra Salvador Illa Roca, para lo que exige que se dé traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre la competencia de este órgano o del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, habida cuenta del carácter de aforado del querellado.

Además, en caso de resultar este órgano el competente para su conocimiento, deberá informar sobre la pertinencia de la admisión a trámite de la presente querella.

Esta decisión se produce después de que en abril de 2020 CESM presentara una querella por la gestión de las mascarillas no homologadas que se distribuyeron entre los profesionales sanitarios y que no impidieron contagios entre los mismos en sus puestos de trabajo. En un primer pronunciamiento el Tribunal Supremo consideró prematuro actuar contra el entonces ministro porque no podía demostrarse que se le pudiera atribuir la responsabilidad de la distribución de las mascarillas saltándose los trámites de homologación que correspondía al Instituto de Salud Carlos III. Por este motivo el Alto Tribunal ordenó que se derivase al juzgado de Instrucción, se investigase y si se confirmaba que Illa tenía implicación y seguía aforado, que la causa volviera al Supremo.

Por el momento, la Confederación se mantiene a la espera del informe que elabore el fiscal, que será trasladado también al sindicato para que posteriormente pueda presentar alegaciones antes de que sea el juez quien adopte la decisión sobre esta causa.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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