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Abren diligencias contra el exministro Salvador Illa por la distribución de mascarillas defectuosas a los sanitarios

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La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha acogido con satisfacción la noticia de que el juzgado de Instrucción número 14 de Madrid haya abierto diligencias previas contra el exministro de Sanidad, Salvador Illa, por la querella presentada por el sindicato tras el escándalo de las mascarillas defectuosas durante los primeros momentos de la pandemia.

El auto del juez señala que se deben incoar Diligencias Previas por el presunto delito contra los derechos de los trabajadores contra Salvador Illa Roca, para lo que exige que se dé traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre la competencia de este órgano o del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, habida cuenta del carácter de aforado del querellado.

Además, en caso de resultar este órgano el competente para su conocimiento, deberá informar sobre la pertinencia de la admisión a trámite de la presente querella.

Esta decisión se produce después de que en abril de 2020 CESM presentara una querella por la gestión de las mascarillas no homologadas que se distribuyeron entre los profesionales sanitarios y que no impidieron contagios entre los mismos en sus puestos de trabajo. En un primer pronunciamiento el Tribunal Supremo consideró prematuro actuar contra el entonces ministro porque no podía demostrarse que se le pudiera atribuir la responsabilidad de la distribución de las mascarillas saltándose los trámites de homologación que correspondía al Instituto de Salud Carlos III. Por este motivo el Alto Tribunal ordenó que se derivase al juzgado de Instrucción, se investigase y si se confirmaba que Illa tenía implicación y seguía aforado, que la causa volviera al Supremo.

Por el momento, la Confederación se mantiene a la espera del informe que elabore el fiscal, que será trasladado también al sindicato para que posteriormente pueda presentar alegaciones antes de que sea el juez quien adopte la decisión sobre esta causa.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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