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Adif restablece la circulación de trenes entre València, Albacete y Alicante tras el temporal de gota fría

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VALÈNCIA, 7 Oct. – Adif restablece este lunes la circulación de ferrocarril entre València y las ciudades de Alicante y Albacete en sus relaciones en ancho ibérico, una vez finalizados los trabajos de recuperación de la infraestructura por los daños producidos por el temporal de septiembre en el denominado ‘Nudo de La Encina’, entre las localidades de La Font de la Figuera y La Encina.

Adif pondrá a disposición de las empresas ferroviarias una de las dos vías de este tramo, mientras continúan las labores de reparación de la plataforma e instalaciones de la segunda vía. La finalización de estos trabajos y su puesta en servicio está prevista para este mes de octubre, según ha informado el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias en un comunicado.

Desde Adif han destacado que la reapertura de esta línea permite, por una parte, la conexión de nuevo desde València con Alicante, lo que afecta a las relaciones del Corredor Mediterráneo, y por otra, la reanudación de los servicios ferroviarios desde la meseta hacia València en ancho ibérico, permitiendo así a los tráficos de mercancías alcanzar el puerto de València.

Desde la interrupción de la circulación por los efectos del temporal, Adif ha ofrecido a las empresas ferroviarias de mercancías como alternativa la posibilidad de desviar los trenes vía Zaragoza – Tarragona o bien utilizar la disponibilidad de sus instalaciones en las terminales logísticas de Murcia y Albacete.

Los equipos de mantenimiento de Adif continúan trabajando en el resto de las líneas afectadas por este temporal «para restablecer la circulación ferroviaria en el menor plazo posible», más concretamente en las relaciones Lorca – Águilas, Murcia – Beniel, Murcia – Cartagena y el trayecto El Estrecho- Los Nietos, este último de ancho métrico.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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