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El juez cita a Pedro Sánchez como testigo el próximo 30 de julio
Publicado
hace 1 añoen
El juez que está llevando a cabo la investigación sobre Begoña Gómez, en relación con posibles casos de corrupción empresarial y tráfico de influencias, ha convocado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para que declare como testigo el próximo 30 de julio a las 11:00 horas.
La declaración se realizará en La Moncloa, a donde se trasladará el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. Además, el juez Peinado ha decidido incluir a Joaquín Goyache, rector de la Universidad Complutense de Madrid, como investigado en el caso.
El magistrado considera «conveniente, útil y pertinente» la declaración del presidente del Gobierno, argumentando que existe una modalidad de tráfico de influencias conocida como «tráfico de influencias en cadena», cuyo propósito es investigar la posible relación de la persona investigada con una autoridad. En las últimas semanas, varios testigos han declarado al juez que se reunieron con Begoña Gómez en el Palacio de La Moncloa. Joaquín Goyache, por su parte, ha explicado que estas reuniones fueron para discutir asuntos relacionados con la cátedra que Gómez estaba creando y ha reconocido que recibió un trato preferente por parte de ella.
Por otro lado, Juan Carlos Barrabés, el empresario vinculado a la cátedra de Gómez que recibió cartas de recomendación, declaró al juez que se reunió en varias ocasiones con Gómez y que también se encontró con Pedro Sánchez en La Moncloa en dos ocasiones, en presencia de su esposa. Después de su declaración, el juez decidió cambiar su estatus a investigado.
Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha optado por no responder ante el juez que la investiga por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Gómez ha ejercido su derecho a guardar silencio durante la comparecencia, tal como han confirmado las acusaciones presentes en el juzgado de Instrucción 41 de Madrid.
El magistrado Juan Carlos Peinado, titular del juzgado, estuvo acompañado por el abogado de Gómez, el fiscal del caso y las acusaciones populares. Aunque no se esperaba que Gómez respondiera a las acusaciones, sí se le había dado la oportunidad de declarar ante el juez o su defensa.
La decisión de no declarar se alinea con los argumentos presentados por su abogado, el ex ministro socialista Antonio Camacho. Este ha expresado su preocupación por la falta de concreción en la investigación y los supuestos excesos del juez. Camacho ha explicado que la recomendación de guardar silencio se basa en la percepción de que el procedimiento carece de fundamento. Según la defensa, la única cuestión permitida por la Audiencia Provincial de Madrid para investigar es el vínculo entre Gómez y el empresario Juan Carlos Barrabés, relacionado con contratos y reuniones en la Moncloa.
Durante el procedimiento, Camacho informó que Gómez no iba a declarar, pero el juez Peinado le indicó que la decisión debía ser comunicada directamente por la propia Gómez. Los representantes de las acusaciones, como Javier Pérez-Roldán de Hazte Oír y Luis María Pardo de Iustitia Europa, lamentaron que no se hubiera comunicado la intención de no declarar, argumentando que esto podría haber ahorrado recursos en el dispositivo organizado en Plaza Castilla.
Gómez estaba citada para este viernes a las 10 horas, tras un aplazamiento de su primera convocatoria el pasado 5 de julio. El aplazamiento se debió a la falta de notificación de una querella contra ella presentada por Hazte Oír, que había sido admitida a trámite.
Además de la comparecencia de Gómez, también se esperaba que declararan el vicerrector de Planificación, Coordinación y Relaciones Institucionales de la UCM, José María Coello de Portugal, y su predecesor, Juan Carlos Doadrio. El abogado de Gómez solicitó la suspensión de estas declaraciones, argumentando que la denuncia inicial de Manos Limpias no mencionaba a la Complutense.
El informe de la Universidad Complutense de Madrid, presentado al juez el 1 de julio, solicita investigar si Gómez pudo incurrir en un delito de apropiación indebida. El documento detalla la falta de cooperación de Gómez y la dificultad para obtener respuestas sobre la titularidad de ciertos productos y contratos relacionados con la Cátedra de Transformación Social Competitiva, que Gómez dirigía.
La UCM había citado a Gómez el 4 de julio para discutir dos facturas relacionadas con la cátedra, pero ella alegó motivos personales para no asistir. Posteriormente, el 5 de julio, Gómez solicitó un aplazamiento en su interrogatorio, alegando no haber recibido toda la documentación pertinente.
El informe de la UCM también destaca la falta de colaboración de Gómez en la investigación. La universidad señala que no ha recibido la documentación solicitada y que la actitud de Gómez ha impedido llegar a una conclusión clara. La universidad había convocado una reunión para aclarar la utilización de fondos públicos, pero Gómez pidió un aplazamiento debido al fallecimiento de su padre.
En la reunión celebrada el 2 de julio, Gómez solicitó que se aprobaran las últimas memorias de actuación y económicas de la cátedra, pero el vicerrector indicó que no era el momento adecuado para abordar esos temas. El requerimiento de información verbalizado en la reunión no ha sido respondido por Gómez hasta la fecha.
Este contexto ha generado tensiones y ha retrasado el avance de la investigación sobre la posible apropiación indebida en la UCM.
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Publicado
hace 2 minsen
14 diciembre, 2025
El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.
Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.
En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.
Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:
Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.
La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.
Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.
En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.
La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.
También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.
Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.
La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.
La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.
En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.
La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.
Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.
El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.
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