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El juez cita a Pedro Sánchez como testigo el próximo 30 de julio

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El juez cita a Pedro Sánchez como testigo el próximo 30 de julio
Begoña Gómez

El juez que está llevando a cabo la investigación sobre Begoña Gómez, en relación con posibles casos de corrupción empresarial y tráfico de influencias, ha convocado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para que declare como testigo el próximo 30 de julio a las 11:00 horas.

La declaración se realizará en La Moncloa, a donde se trasladará el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. Además, el juez Peinado ha decidido incluir a Joaquín Goyache, rector de la Universidad Complutense de Madrid, como investigado en el caso.

Esta decisión se toma tras la solicitud realizada por la acusación popular de Vox el pasado viernes, luego de que la esposa del presidente, Begoña Gómez, optara por no declarar como investigada.

El magistrado considera «conveniente, útil y pertinente» la declaración del presidente del Gobierno, argumentando que existe una modalidad de tráfico de influencias conocida como «tráfico de influencias en cadena», cuyo propósito es investigar la posible relación de la persona investigada con una autoridad. En las últimas semanas, varios testigos han declarado al juez que se reunieron con Begoña Gómez en el Palacio de La Moncloa. Joaquín Goyache, por su parte, ha explicado que estas reuniones fueron para discutir asuntos relacionados con la cátedra que Gómez estaba creando y ha reconocido que recibió un trato preferente por parte de ella.

Por otro lado, Juan Carlos Barrabés, el empresario vinculado a la cátedra de Gómez que recibió cartas de recomendación, declaró al juez que se reunió en varias ocasiones con Gómez y que también se encontró con Pedro Sánchez en La Moncloa en dos ocasiones, en presencia de su esposa. Después de su declaración, el juez decidió cambiar su estatus a investigado.

Begoña Gómez se niega a declarar en el caso de tráfico de influencias

Silencio Ante el Juez y Argumentos de la Defensa

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha optado por no responder ante el juez que la investiga por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Gómez ha ejercido su derecho a guardar silencio durante la comparecencia, tal como han confirmado las acusaciones presentes en el juzgado de Instrucción 41 de Madrid.

El magistrado Juan Carlos Peinado, titular del juzgado, estuvo acompañado por el abogado de Gómez, el fiscal del caso y las acusaciones populares. Aunque no se esperaba que Gómez respondiera a las acusaciones, sí se le había dado la oportunidad de declarar ante el juez o su defensa.

Estrategia de Defensa y Motivos del Silencio

La decisión de no declarar se alinea con los argumentos presentados por su abogado, el ex ministro socialista Antonio Camacho. Este ha expresado su preocupación por la falta de concreción en la investigación y los supuestos excesos del juez. Camacho ha explicado que la recomendación de guardar silencio se basa en la percepción de que el procedimiento carece de fundamento. Según la defensa, la única cuestión permitida por la Audiencia Provincial de Madrid para investigar es el vínculo entre Gómez y el empresario Juan Carlos Barrabés, relacionado con contratos y reuniones en la Moncloa.

Reacciones y Procedimientos Judiciales

Durante el procedimiento, Camacho informó que Gómez no iba a declarar, pero el juez Peinado le indicó que la decisión debía ser comunicada directamente por la propia Gómez. Los representantes de las acusaciones, como Javier Pérez-Roldán de Hazte Oír y Luis María Pardo de Iustitia Europa, lamentaron que no se hubiera comunicado la intención de no declarar, argumentando que esto podría haber ahorrado recursos en el dispositivo organizado en Plaza Castilla.

Citaciones y Declaraciones Pendientes

Gómez estaba citada para este viernes a las 10 horas, tras un aplazamiento de su primera convocatoria el pasado 5 de julio. El aplazamiento se debió a la falta de notificación de una querella contra ella presentada por Hazte Oír, que había sido admitida a trámite.

Además de la comparecencia de Gómez, también se esperaba que declararan el vicerrector de Planificación, Coordinación y Relaciones Institucionales de la UCM, José María Coello de Portugal, y su predecesor, Juan Carlos Doadrio. El abogado de Gómez solicitó la suspensión de estas declaraciones, argumentando que la denuncia inicial de Manos Limpias no mencionaba a la Complutense.

Informe de la Universidad Complutense de Madrid

El informe de la Universidad Complutense de Madrid, presentado al juez el 1 de julio, solicita investigar si Gómez pudo incurrir en un delito de apropiación indebida. El documento detalla la falta de cooperación de Gómez y la dificultad para obtener respuestas sobre la titularidad de ciertos productos y contratos relacionados con la Cátedra de Transformación Social Competitiva, que Gómez dirigía.

La UCM había citado a Gómez el 4 de julio para discutir dos facturas relacionadas con la cátedra, pero ella alegó motivos personales para no asistir. Posteriormente, el 5 de julio, Gómez solicitó un aplazamiento en su interrogatorio, alegando no haber recibido toda la documentación pertinente.

Problemas de Colaboración y Requerimientos Pendientes

El informe de la UCM también destaca la falta de colaboración de Gómez en la investigación. La universidad señala que no ha recibido la documentación solicitada y que la actitud de Gómez ha impedido llegar a una conclusión clara. La universidad había convocado una reunión para aclarar la utilización de fondos públicos, pero Gómez pidió un aplazamiento debido al fallecimiento de su padre.

En la reunión celebrada el 2 de julio, Gómez solicitó que se aprobaran las últimas memorias de actuación y económicas de la cátedra, pero el vicerrector indicó que no era el momento adecuado para abordar esos temas. El requerimiento de información verbalizado en la reunión no ha sido respondido por Gómez hasta la fecha.

Este contexto ha generado tensiones y ha retrasado el avance de la investigación sobre la posible apropiación indebida en la UCM.

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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