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Benigànim, primer municipio confinado de la Comunitat

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La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ha dictado una resolución por la que se acuerdan medidas adicionales en el municipio de Benigànim durante 14 días naturales como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19 que vive en la actualidad la localidad.

La situación actual epidemiológica Benigànim evidencia un aumento de la propagación del virus en la localidad, donde se ha producido un incremento exponencial en la incidencia de esta enfermedad muy superior al esperado (se ha pasado de una incidencia acumulada de 34,24 por 100.000 habitantes en la semana que finalizó el 16 de agosto, a una incidencia de 994,46 en los últimos 7 días), y se ha producido la pérdida de trazabilidad de los casos.

La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló, ha señalado que «el incremento de casos de los últimos 7 días evidencia una importante propagación del virus en Benigànim, e indica una transmisión comunitaria sostenida, por lo que es necesaria la adopción de dichas medidas temporales, con el objetivo de frenar y paliar el riesgo de contagio».

«Ha sido una decisión difícil, pero necesaria», ha asegurado Barceló, quien ha agradecido «la colaboración permanente prestada por la alcaldesa de la ciudad y pido la máxima colaboración por parte de la ciudadanía para que las medidas adicionales adoptadas sirvan para recuperar, lo antes posible, el control de la situación epidemiológica».

Las limitaciones entran en vigor esta misma tarde y comportan el confinamiento del municipio, es decir, se restringe la entrada y salida de personas salvo en varios supuestos: ir al médico, ir a trabajar, regresar al lugar de residencia habitual, cuidar de personas mayores, menores o dependientes, fuerza mayor o cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de Benigànim estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

Se suspende así mismo la actividad educativa y formativa presencial en todos los centros y niveles, incluidas las escuelas infantiles.

Además, durante los próximos 14 días, se acuerda el cierre de centros sociales, casinos, clubes y establecimientos de análoga naturaleza; centros de día para personas mayores y otros colectivos de carácter social; bares, restaurantes y otros establecimientos de ocio del municipio, salvo que en los mismos se preste el servicio de comidas para llevar o a domicilio; gimnasios y centros deportivos de todo tipo, así como parques y jardines.

Las medidas excepcionales contemplan también la supresión de espectáculos deportivos con público; las bodas, bautizos, comuniones o cualquier otro evento social con personas invitadas; la asistencia a lugares de culto excepto si carecen de público o se trata de funerales.

En este último caso, los velatorios tienen una limitación de 15 personas si son al aire libre, y de 10 en espacios cerrados, se trate o no de personas convivientes. La participación en la comitiva para el entierro o cremación se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados además de, en su caso, el ministro de culto.

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El BOE publica las normas para acreditar los diplomas de Lengua de Signos Española

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la normativa que regula el primer sistema oficial de acreditación de la Lengua de Signos Española (LSE), una medida clave para avanzar en inclusión y accesibilidad en España.

Entra en vigor el sistema de diplomas de Lengua de Signos Española

El nuevo marco legal, recogido en el Real Decreto 262/2026, establece los Diplomas de Lengua de Signos Española (DLSE), cuyo objetivo principal es mejorar el acceso al empleo público y reconocer oficialmente la competencia en esta lengua.

La normativa entrará en vigor a finales de abril, concretamente veinte días después de su publicación en el BOE.

Un paso clave para la inclusión y la igualdad

Esta iniciativa supone un avance significativo para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, al facilitar su integración social y laboral.

El decreto se enmarca dentro de la Ley 27/2007, que reconoce las lenguas de signos españolas y establece su marco normativo.

Además, permitirá equiparar estos diplomas a otros sistemas oficiales de certificación lingüística, como los de idiomas extranjeros.

Niveles oficiales de acreditación: de A1 a C2

El sistema contempla seis niveles de competencia lingüística, siguiendo estándares europeos:

  • A1 y A2 (nivel básico)
  • B1 y B2 (nivel intermedio)
  • C1 y C2 (nivel avanzado)

Este modelo permitirá evaluar de forma objetiva el dominio de la Lengua de Signos Española, tanto para fines profesionales como académicos.

Primer sistema nacional con validez en toda España

Hasta ahora, no existía un sistema estatal unificado para acreditar la Lengua de Signos Española. Con esta medida, cualquier persona —sorda, sordociega u oyente— podrá obtener un título oficial válido en todo el territorio nacional.

Los diplomas servirán como mérito en procesos de empleo público, así como en ámbitos educativos y profesionales.

Organismos responsables del sistema

El Real Patronato sobre Discapacidad será el encargado de organizar las pruebas y gestionar los diplomas, bajo la dirección académica del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española.

Estas evaluaciones se diseñarán conforme a criterios europeos, garantizando objetividad, fiabilidad y accesibilidad.

Un impulso a los derechos lingüísticos

Desde el Ministerio de Derechos Sociales, liderado por Pablo Bustinduy, destacan que este decreto refuerza el compromiso del Gobierno con la igualdad de oportunidades, la inclusión social y los derechos lingüísticos de las personas con discapacidad.

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