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Sucesos

Un cirujano de Valencia opera el lado equivocado a su paciente y cambia el historial para ocultarlo

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corazón artificial evita trasplante

Un cirujano maxilofacial tendrá que abonar una multa de 3.960 euros tras haber operado el lado erróneo de la cara de su paciente. Al darse cuenta de la equivocación, el sanitario reaccionó cambiando el historial clínico de la mujer para ocultar lo sucedido.

Los hechos tuvieron lugar en 2014 en el hospital Universitario de La Ribera, en Valencia. La mujer acudió al centro sanitario para someterse a una operación maxilofacial en el lado derecho de su cara, como señalaban los distintos informes y pruebas elaboradas, no obstante el cirujano acabó operando el lado izquierdo de la misma.

Al finalizar la intervención, el acusado se percató del error, optando por modificar el historial de la paciente, así como un informe que databa de marzo, cuatro meses antes de la operación, para camuflarlo. En el mismo, hizo constar que la dolencia se encontraba en el lado izquierdo «con ánimo mendaz, bajo el propósito de eludir sus responsabilidades profesionales» detalla la sentencia. Este error médico ha provocado que la paciente haya sufrido varias lesiones y cicatrices.

La fiscalía solicita cincos años y seis meses de prisión

En un primer momento, la fiscalía solicitó para el acusado cinco años y seis meses de prisión por un delito de imprudencia profesional grave, y falsificación en un documento público. No obstante, tras llegar a un acuerdo con la defensa la pena ha sido rebajada. El cirujano ha sido condenado al haber provocado lesiones por imprudencia profesional grave, y falsificación documental con atenuantes por reparación de daño y dilaciones indebidas.

 

Los 30 días de prisión que les han impuesto serán conmutados por 60 días de multa, a razón de seis euros diarios; otros nueve meses de prisión que nuevamente serán sustituidos por 18 meses de multa diaria de seis euros, además de una indemnización de 80.000 euros para la víctima por responsabilidad civil.

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Sucesos

Condenado a dos años de prisión un sacristán de Bétera por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Arzobispado de Valencia, responsable civil subsidiario si no se paga la indemnización de 7.000 euros

València, 11 de septiembre de 2025 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual al sacristán de una iglesia de Bétera (Valencia), tras haber tocado las partes íntimas de una feligresa con un 66 % de discapacidad intelectual.

Hechos probados: tocamiento a una mujer con discapacidad dentro de la iglesia

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 24 de marzo de 2023, cuando el sacristán, aprovechando su posición en la parroquia, invitó a la víctima a un cuarto cercano a la sacristía con la excusa de mostrarle el funcionamiento de una campanilla. Una vez dentro, y siendo consciente de su discapacidad, le realizó tocamientos por encima de la ropa en sus partes íntimas.

La víctima quedó «bloqueada» sin poder reaccionar, hasta que logró reprocharle al agresor que lo que había hecho era «pecado», según recoge la resolución judicial.

Consecuencias penales y civiles: prisión, alejamiento e indemnización

El tribunal ha impuesto al condenado:

  • Dos años de prisión por agresión sexual.

  • Prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante tres años.

  • Indemnización de 7.000 euros a la víctima por daños morales.

En caso de impago de la indemnización, el Arzobispado de Valencia ha sido declarado responsable civil subsidiario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La sentencia es firme y fruto de un acuerdo de conformidad

La resolución judicial, que ya es firme, es resultado de una conformidad entre las partes. Además, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

 

 

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