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Condenado el exsubdirector financiero del IVAM por pornografía infantil

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VALÈNCIA, 28 May. (EUROPA PRESS) –

El Juzgado de lo Penal número 4 de València ha condenado al exsubdirector general de Administración y Finanzas del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) a una multa de 1.080 euros por almacenar en el ordenador del trabajo imágenes de menores de contenido pornográfico. La sanción se ha impuesto después de que el acusado reconociera los hechos.

Según recuerda el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), las fotos fueron descubiertas durante el análisis de la copia de seguridad de su ordenador intervenido en el marco de la investigación que se sigue en el Juzgado de Instrucción 21 por presuntas irregularidades en la gestión del IVAM, una causa en la que el exsubdirector está investigado por prevaricación, falsedad documental y malversación.

Los agentes, además, se incautaron de otro ordenador en su vivienda particular en el que también almacenaba fotografías de menores desnudos, precisa el alto tribunal.

El juicio por estos hechos se celebró el pasado viernes en Penal 4. El acusado alcanzó un acuerdo con el fiscal, se declaró culpable y se benefició de una rebaja en la petición de pena. Ha sido condenado por un delito de posesión de pornografía infantil a la pena solicitada por el Ministerio Público: seis meses de multa a razón de 6 euros diarios (1.080 euros) y a pagar las costas del juicio.

Durante el proceso, el exsubdirector recurrió su procesamiento alegando que no estaba suficientemente motivado y rechazando que los hechos constituyeran algún tipo de delito. En concreto, defendía que en las fotografías que le intervinieron no estaba claro que aparecieran menores, aunque se les viera jóvenes, puesto que no constaba claramente la edad.

Así mismo, argumentaba que los desnudos de las fotografías eran artísticos y no pornográficos y que faltaba el dolo específico de la posesión de pornografía infantil.

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Hacienda aplaza a 2027 la entrada en vigor de Verifactu para pymes y autónomos

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Hacienda mayores 65 años

La Agencia Tributaria ha confirmado el aplazamiento de la obligación de usar Verifactu, el sistema de verificación de facturas para empresas, pymes y autónomos, hasta 2027. La medida afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, cuya obligación comenzará en enero de 2027, y al resto de empresas y autónomos, que deberán cumplirla a partir de julio de 2027.

Qué es Verifactu y por qué se implementa

Verifactu es un software obligatorio de facturación que digitaliza y estandariza los procesos de emisión de facturas. Su objetivo es garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de los pagos, facilitando además la vigilancia de Hacienda sobre las operaciones económicas. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 50.000 euros.

Según datos del Observatorio TeamSystem, solo un 8% de las pymes y autónomos ha implementado Verifactu hasta mediados de noviembre, mientras que un 15% está en proceso de hacerlo.

Motivo del aplazamiento

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció en Rac1 que el aplazamiento forma parte de un real decreto ley para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales y promover la digitalización de los procesos de facturación. La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, explicó que la medida es especialmente relevante para pymes y autónomos, quienes habían solicitado más tiempo para adaptarse al sistema.

Reacciones del sector

El presidente de ATA y vicepresidente de CEOE, Lorenzo Amor, celebró la medida en la red social X: “Por fin llega el sentido común que reclamábamos. Se aplaza un año la entrada en vigor de Verifactu. Un alivio para los autónomos ante la marea de cargas y trámites que sufrimos”.

Expertos como Gonzalo de Luis recuerdan que Verifactu no altera la fiscalidad vigente, sino que permite a Hacienda conocer todos los ingresos de los profesionales, reducir la morosidad, acelerar cobros y profesionalizar la gestión de los negocios.

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