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Condenado el exsubdirector financiero del IVAM por pornografía infantil

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VALÈNCIA, 28 May. (EUROPA PRESS) –

El Juzgado de lo Penal número 4 de València ha condenado al exsubdirector general de Administración y Finanzas del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) a una multa de 1.080 euros por almacenar en el ordenador del trabajo imágenes de menores de contenido pornográfico. La sanción se ha impuesto después de que el acusado reconociera los hechos.

Según recuerda el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), las fotos fueron descubiertas durante el análisis de la copia de seguridad de su ordenador intervenido en el marco de la investigación que se sigue en el Juzgado de Instrucción 21 por presuntas irregularidades en la gestión del IVAM, una causa en la que el exsubdirector está investigado por prevaricación, falsedad documental y malversación.

Los agentes, además, se incautaron de otro ordenador en su vivienda particular en el que también almacenaba fotografías de menores desnudos, precisa el alto tribunal.

El juicio por estos hechos se celebró el pasado viernes en Penal 4. El acusado alcanzó un acuerdo con el fiscal, se declaró culpable y se benefició de una rebaja en la petición de pena. Ha sido condenado por un delito de posesión de pornografía infantil a la pena solicitada por el Ministerio Público: seis meses de multa a razón de 6 euros diarios (1.080 euros) y a pagar las costas del juicio.

Durante el proceso, el exsubdirector recurrió su procesamiento alegando que no estaba suficientemente motivado y rechazando que los hechos constituyeran algún tipo de delito. En concreto, defendía que en las fotografías que le intervinieron no estaba claro que aparecieran menores, aunque se les viera jóvenes, puesto que no constaba claramente la edad.

Así mismo, argumentaba que los desnudos de las fotografías eran artísticos y no pornográficos y que faltaba el dolo específico de la posesión de pornografía infantil.

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Los cardiólogos advierten: las balizas V16 pueden interferir con marcapasos

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A partir del 1 de enero de 2026, los conductores en España deberán llevar obligatoriamente una baliza de emergencia V16 conectada, que sustituye a los tradicionales triángulos de señalización. Estas balizas emiten una luz visible en 360 grados y permiten la geolocalización del vehículo en caso de avería o accidente.

Sin embargo, cardiólogos han lanzado una advertencia importante: algunos modelos de balizas V16 pueden interferir temporalmente con marcapasos y desfibriladores implantables.

¿Dónde está el riesgo?

El posible problema no está en la luz ni en la conexión, sino en que muchas balizas incorporan un imán potente en su base, diseñado para fijarlas al techo del vehículo. Si ese imán se acerca demasiado al pecho de una persona que lleva un marcapasos, puede generar un campo magnético suficiente para activar el llamado “modo magnético” del dispositivo.

En ese modo, el marcapasos puede dejar de adaptarse al ritmo natural del corazón mientras dura la influencia del imán. Los especialistas subrayan que no se trata de un daño permanente, sino de un efecto reversible que desaparece al alejar la baliza.

Qué recomiendan los especialistas

Los cardiólogos explican que el riesgo es bajo y fácil de evitar si se toman precauciones básicas:

Mantener la baliza a más de 20–30 centímetros del pecho. Manipularla, si es posible, con el brazo contrario al lado donde está implantado el marcapasos. Evitar apoyar la baliza directamente sobre el torso, incluso de forma momentánea.

Este tipo de interferencia es comparable a la que pueden producir otros imanes o campos magnéticos de uso cotidiano cuando se colocan demasiado cerca del dispositivo implantado.

Mensaje de tranquilidad

Los expertos insisten en que las balizas V16 son seguras para la población general y también para las personas con marcapasos, siempre que se utilicen correctamente. La advertencia no busca generar alarma, sino informar para que quienes llevan estos dispositivos puedan usarlas con total seguridad.

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