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Illa no descarta un confinamiento quirúrgico en zonas de España: «El virus está entre nosotros»

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Tras los nuevos rebrotes registrados en España los últimos días, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha informado de que hay actualmente 73 brotes activos en España, aunque los que más le preocupan son los de la comarca del Segría, en Lleida, y el de A Mariña, en Lugo.Aunque ha afirmado que la aparición de brotes es «normal» dentro de la fase de la nueva normalidad: «Las medidas que se han tomado son las adecuadas y van surtiendo efecto», ha explicado en una entrevista en Antena3 recogida por Europa Press, donde además ha destacado que los rebrotes de coronavirus que han requerido de «una actuación contundente han sido los de Aragón, el de A Marita y en la comarca del Segriá», unas medidas que han sido seguidas por el ministerio y ha calificado de «valientes».

«Me consta que se han tomado las medidas necesarias y me consta que se han hecho esfuerzo para tener las capacidades asistenciales y de vigilancia necesarias», ha señalado el ministro, quien ha afirmado tajante que ante lo rebrotes es «clave» la detección precoz, y «la actuación contundente para atajarlos. Hay que mantener la guardia alta, hay que mantener el respeto al virus, hay que seguir insistiendo a la población que el virus está entre nosotros y que tenemos que aprender a convivir con él hasta que tengamos un tratamiento eficaz o una vacuna», ha indicado.

De esta forma, ha asegurado de que «no hay ninguna previsión» de que el Gobierno vuelva a declarar el Estado de Alarma, principalmente porque se ha podido ver que «las CCAA tiene capacidades para decretar confinamientos quirúrgicos en zonas limitadas». No obstante, ha añadido, «si se diera el caso de una transmisión descontrolada y necesitáramos limitar de una forma muy drástica la movilidad, que es un derecho fundamental, en varias zonas de España, ya sabemos que hay un instrumento que ha sido eficaz».

Según los últimos datos del coronavirus en España, se han registrado en la última jornada 257 nuevos positivos de Covid-19, en comparación con los 124 notificados el martes, lo que sitúa en 252.513 las personas que se han infectado desde el inicio de la pandemia.

En cuanto al uso de mascarilla Illa ha subrayado que esta medida de protección ya es obligatorio en toda España desde la entrada en vigor del real decreto que rige la nueva normalidad en el Estado «cuando no se garantice una distancia del metro y medio». «Si algunas comunidades autónomas quieren reforzar este mensaje y quieren especificar algunos casos más, no me parece mal», ha dicho en referencia a Cataluña y Ordizia (Guipúzcoa).

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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