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Consumo prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas «no saludables» para menores

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El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado la regulación mediante un real decreto la emisión publicitaria de alimentos y bebidas «no saludables» dirigida a público infantil y adolescente, lo que afectará a la publicidad en televisión, radio, salas de cine, Internet, redes sociales, webs y apps con contenidos dirigidos a menores de 16 años.

En el anuncio realizado este jueves Garzón ha dicho que el procedimiento será rápido y se prevé para 2022: «El trabajo está hecho. Tenemos los informes pertinentes para adaptar estos perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al sistema de regulación y ya se ha hablado con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».

«En España el exceso de sobrepeso es del 23,3% y la obesidad del 17.3%. La suma supera el 40% para los niños de entre 6 y 9 años. Son cifras alarmantes y preocupantes», ha señalado el ministro, añadiendo que estas cifras son el doble entre las familias más humildes que entre las más adineradas, según el informe Aladino.

También ha indicado que las distintas estrategias puestas en marcha desde hace más de una década para disminuir la obesidad y el sobrepeso infantil, como el Código de autoregulación Paos establecido por la propia industria, ha sido «del todo insuficiente».

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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