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¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad?

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¿Cuándo se cobra la paga extra?
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La llegada de la Navidad trae consigo la esperada paga extra para miles de trabajadores en España, salvo aquellos que la tienen prorrateada, es decir, dividida en los pagos mensuales de su nómina. Esta gratificación, regulada por el Estatuto de los Trabajadores, forma parte de las dos pagas extraordinarias que suelen abonarse en junio y diciembre, aunque las fechas pueden variar según el sector y la empresa.

¿Cuánto se cobra en la paga extra de Navidad?

El importe de esta paga extraordinaria se establece en el convenio colectivo de cada empresa, aunque nunca puede ser inferior a 30 días de salario base ni al salario mínimo interprofesional (SMI). Esto significa que, durante el mes en que se recibe esta paga, la nómina suele duplicarse, siempre que el empleado haya trabajado el periodo completo correspondiente.

En términos generales, para calcular esta paga, basta con multiplicar el salario diario por los días trabajados y dividir el resultado entre los días que cubre la paga extra (generalmente 180 días). Sin embargo, si un trabajador no ha cumplido seis meses en la empresa, el monto será proporcional al tiempo trabajado.

¿Cuándo se abona la paga extra de Navidad?

La normativa no establece un día fijo para el pago de las pagas extraordinarias. En el caso de la paga de Navidad, suele abonarse durante la primera quincena de diciembre, aunque hay excepciones:

  • Funcionarios públicos: Generalmente la reciben entre finales de noviembre y principios de diciembre, dependiendo de la administración correspondiente.
  • Pensionistas: Suelen percibir esta gratificación entre el 23 y el 25 de noviembre, fechas adelantadas con respecto a los empleados por cuenta ajena.

¿Qué ocurre si estoy de baja médica?

Un trabajador que se encuentre de baja médica sigue teniendo derecho a cobrar la paga extra de Navidad. Sin embargo, el pagador varía según la duración de la baja:

  • Primera quincena de la baja: La empresa se encarga de abonar la paga ordinaria y extraordinaria.
  • A partir de los 15 días: Es la Seguridad Social la responsable de estos pagos, incluidos los extraordinarios.

Para recibir la paga extra durante una baja, el trabajador debe cumplir ciertos requisitos, como no superar los 365 días de incapacidad temporal y haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años.

Conclusión

La paga extra de Navidad es un derecho adquirido que aporta un alivio económico para disfrutar de estas fechas. Aunque las fechas exactas de cobro pueden variar, su importancia radica en ser un incentivo económico significativo en el cierre del año.

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El rey Juan Carlos I demandará a Revilla en Madrid tras fracasar la conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

La demanda del rey emérito sigue adelante tras no llegar a un acuerdo con Miguel Ángel Revilla, quien se negó a rectificar sus declaraciones en televisión

Tras una conciliación sin acuerdo celebrada el pasado viernes 16 de mayo en los juzgados de Santander, el rey emérito Juan Carlos I presentará una demanda formal contra el expresidente de Cantabria y líder del PRC, Miguel Ángel Revilla, en los tribunales de Madrid.

El acto de conciliación fue el paso previo legal antes de una querella civil por injurias y vulneración del derecho al honor, después de que Revilla realizara declaraciones críticas sobre el monarca en diferentes programas televisivos. La abogada del rey emérito, Guadalupe Sánchez, solicitaba una rectificación pública y una indemnización de 50.000 euros.


📝 Sin avenencia en la conciliación: Revilla se negó a rectificar

Durante la vista, celebrada en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander, Revilla se mantuvo firme:

«Yo no rectifico en nada. Creo que estoy en lo cierto», aseguró el líder regionalista a su salida del juzgado.

El rey emérito no acudió personalmente al acto, aunque estuvo representado legalmente por su procurador y su abogada. Revilla, por su parte, asistió de forma presencial junto a su defensa. Ante la falta de acuerdo, la letrada de la Administración de Justicia dio por finalizado el acto sin avenencia, permitiendo así al emérito continuar por la vía judicial ordinaria.


💬 ¿Qué motivó la demanda de Juan Carlos I?

El origen del conflicto se remonta a manifestaciones públicas de Miguel Ángel Revilla en las que criticó al rey Juan Carlos en espacios televisivos de gran audiencia. Según la representación legal del emérito, esas declaraciones:

  • «Carecen de base fáctica»

  • Se fundamentan en informaciones periodísticas «que no equivalen a sentencias»

  • Constituyen un ataque a su honor y reputación

Revilla, por su parte, sostiene que sus palabras fueron simples opiniones personales y que se basaron en hechos públicos divulgados por medios de comunicación.


🚨 ¿Qué implica la demanda del rey emérito?

Concluida la fase de conciliación sin resultados, Juan Carlos I formalizará una demanda en los juzgados de Madrid, como permite la legislación civil española. El proceso judicial se iniciará con una reclamación por:

  • 50.000 euros de indemnización

  • Una rectificación pública de las declaraciones consideradas injuriosas

La defensa de Revilla prevé una batalla legal que podría alargarse en el tiempo. “Me veo en el banquillo a punto de cumplir 83 años”, comentó el expresidente cántabro tras conocer la decisión del emérito.

 

 

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