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Cuenta atrás para presentar la declaración de la Renta

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Se acaba el tiempo: el 30 de junio es el último día para presentar la declaración de IRPF… salvo si te toca pagar y quieres domiciliar el pago, pues en ese caso el plazo acaba el 26 de junio. Si aún no lo has hecho, no te descuides: incumplir el plazo puede salir caro, según recuerda la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en un comunicado.

El 30 de junio acaba el plazo para presentar la declaración de IRPF, tanto si te toca pagar, como si te devuelve Hacienda. Y si te sale a pagar y quieres domiciliar el pago, tienes aún menos tiempo

Si tu declaración es a devolver, puedes presentar la declaración a través de la plataforma Renta Web. Podrás hacerlo con el número de referencia, con tu Cl@vePIN24H, con DNI o con certificado electrónico.

En cambio, si el resultado es a ingresar también puedes presentar tu declaración de IRPF en Renta Web, de la misma manera… pero con menos tiempo si quieres domiciliar el pago en tu cuenta: deberás hacerlo como tarde el 26 de junio. El importe del impuesto lo cargarán el 30 de junio. Asegúrate de tener saldo en la cuenta ese día. Si no domicilias el pago, puedes presentarla hasta el 30 de junio.

Si te sale a pagar y tienes dificultades económicas para afrontar el importe del IRPF, lo mejor es que optes por fraccionar el pago o solicitar un aplazamiento.

Presentar la declaración de la Renta fuera del plazo te saldrá caro. En las declaraciones a ingresar, si te pasas del plazo pagarás un recargo que será del 5% del importe a ingresar si lo haces dentro de los tres primeros meses tras el fin del plazo y no hay requerimiento previo por parte de Hacienda.

Presentar la declaración a devolver fuera de plazo (sin requerimiento previo) implica también una sanción: 100 euros, que se reducen a 75 euros si no recurres y pagas en periodo voluntario.

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Los pirotécnicos piden que no cancelen los espectáculos de fuegos artificiales por la ola de incendios en España

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La Asociación Española de la Pirotecnia (AEPIRO) ha hecho un llamamiento a las autoridades locales y autonómicas para que no cancelen los espectáculos de fuegos artificiales debido a la actual ola de incendios que afecta a gran parte del territorio nacional. Desde la organización defienden que esta actividad está “regulada de forma estricta y profusa” y que, en muchos casos, no supone riesgo alguno de incendio forestal.

La postura de los pirotécnicos ante las cancelaciones

Según la Asociación, los fuegos artificiales en entornos urbanos y zonas marítimas no presentan peligro de incendio forestal y no están sujetos a la legislación de montes, la cual se aplica únicamente en áreas forestales.

En este sentido, AEPIRO subraya que las restricciones al lanzamiento de material pirotécnico deberían aplicarse “únicamente cuando se trate de zonas forestales o de influencia forestal y siempre que se prevean condiciones meteorológicas de riesgo muy alto o extremo de incendio”.

Cancelaciones por presión social y política

La entidad denuncia que, en los últimos días, varios ayuntamientos han decidido cancelar espectáculos pirotécnicos como medida preventiva frente a la ola de incendios. Si bien reconocen que estas decisiones pueden entenderse por la presión social y política, los pirotécnicos aseguran que “contravienen la legislación vigente en la materia”.

El valor cultural y turístico de los fuegos artificiales

Desde AEPIRO recuerdan que los fuegos artificiales forman parte de la tradición cultural y festiva de muchas localidades en España, con eventos emblemáticos como los Fuegos del Apóstol en Santiago de Compostela (Galicia), que cada verano atraen a miles de visitantes y representan un gran impacto económico y turístico para la región.

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