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Las cuentas bancarias de Begoña Gómez con 40,25 euros de saldo total

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Begoña Gómez última hora
Begoña Gómez

El juez Juan Carlos Peinado, del Juzgado de Instrucción Número 41, ha recibido una lista «incompleta» del Punto Neutro Judicial con información sobre 11 cuentas bancarias vinculadas a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, que acumulan un saldo total de 40,25 euros.

Detalles de las cuentas

El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, detalla que:

  • Cinco cuentas están a nombre de Gómez como titular.
  • Dos cuentas figuran con ella como autorizada.
  • Cuatro cuentas la identifican como representante.

De las once cuentas, solo dos presentan saldos: una con 40,10 euros y otra con 0,15 euros. Las restantes están a cero.

Análisis de las cuentas

El análisis abarca desde el 1 de diciembre de 2019 hasta el 18 de noviembre de 2024. Sin embargo, el Punto Neutro Judicial especifica que el resultado es «incompleto».

La solicitud original, realizada el 19 de noviembre por el magistrado, ordenaba a la policía judicial identificar las cuentas corrientes donde Gómez figurara como titular. La investigada enfrenta acusaciones por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.

Tipos de productos financieros

El informe menciona la categoría «CV» como tipo de producto asociado a las cuentas, aunque no se especifican más detalles al respecto.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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