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Malestar entre los autónomos por la subida de cuotas en enero y el error de la Seguridad Social

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claves reforma de pensiones

Malestar entre miles de autónomos al comprobar en su cuenta bancaria el pasado lunes que la cuota que pagaron a la Seguridad Social en enero era considerablemente más alta de la que habían abonado los meses anteriores.

Hasta un 8,6% más elevada han llegado a pagar muchos, llegando hasta 220 euros más de lo que correspondía en algunos casos.

¿Por qué han subido las cuotas?

Según fuentes de la Seguridad Social, que depende del ministerio de Inclusión, al cargo de José Luis Escrivá, estos incrementos inesperados se debe a dos motivos.

Los autónomos y sus gestores no eran conscientes de que sus bases de cotización se actualizan automáticamente según lo que establece el BOE. Los autónomos pueden decidir si actualizar o no su base de cotización -los rendimientos netos de su trabajo sobre los que la Seguridad Social calcula la cuota que deben pagar- de forma automática. Quienes han optado por hacerlo -conscientes o no- se han encontrado con una subida del 8,6% en su cuota, aunque sus rendimientos no hayan crecido ido a la par.

Error de la Seguridad Social: 220 euros de más

Además otro de los motivos por los que algunos han pagado más se debe a un error. Una incidencia en el sistema ha causado que la Seguridad Social haya cobrado por error 220 euros de más a unos 8.000 autónomos que se habían dado de alta en el sistema entre el 1 y el 9 de enero.

Fuentes de este organismo señalan que en este segundo caso se devolverá el importe cobrado de más a los afectados este mismo mes.

Se trata de trabajadores por cuenta propia que se acaban de dar de alta en el sistema y a quienes les correspondería pagar una cuota reducida de 80 euros al mes durante el primer año. En este caso se trata de un error de la Seguridad Social por el que se compensará a los afectados.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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