Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Tablas de cotización de autónomos para 2023

Publicado

en

tablas cotizacion autonomos 2023

Aprobadas las tablas de cotización de los autónomos para 2023. Establecerá un sistema de 13 tramos de cotización para que los trabajadores por cuenta propia coticen según sus rendimientos netos.

¿Qué va a cambiar con la nueva cuota de autónomos 2023-2031?

Lo más destacable de la nueva cuota de autónomos es que ya no se podrá elegir la base de cotización que se quiera, sino que se cotizará según la previsión de rendimiento neto anual que realicemos.

En el nuevo sistema existen 15 tramos de cotización y, como hemos dicho, deberemos acogernos a uno de ellos en función de nuestros ingresos:

  • Si ingresamos al mes 1300 euros o menos, la cuota de autónomos se irá reduciendo durante el periodo de 2023 a 2025.
  • Si nuestros ingresos mensuales se encuentran en la franja de los 1301 hasta los 1700 euros, pagaremos lo mismo que hasta ahora.
  • Cuando superemos los 1701 euros mensuales, deberemos abonar más cada año.

Todos los nuevos cambios:

  • Cotizaremos según los rendimientos netos de tu actividad económica.
  • El sistema de cotización se irá incrementando de manera progresiva desde 2023 (año en el que entra en vigor) hasta 2031.
  • A través de la plataforma Import@s, deberemos comunicar nuestra previsión de  rendimientos netos al empezar el año a la Seguridad Social para que esta nos informe sobre nuestra base de cotización y la cuota mensual que deberemos abonar.
  • Podremos cambiar nuestra base de cotización cada dos meses.
  • La cuota de trabajador por cuenta propia incluirá el cese de actividad (ya no será voluntario).
  • La tarifa plana para los nuevos autónomos que cumplan las condiciones seguirá existiendo, pero será diferente.
  • Si un año cotizamos por encima de nuestros ingresos reales, la Seguridad Social nos devolverá la diferencia y, si es al contrario, tendremos que pagar lo que falte (más una sanción, claro).
  • Nos podremos  deducir de manera genérica un 7% de nuestros gastos (o un 3% si somos autónomo societario).
  • Desaparece el tope para los autónomos mayores de 47 años.
  • Los autónomos que en diciembre de 2022 estén cotizando por una base superior podrán seguir haciéndolo aunque sus ingresos sean inferiores.
  • El cese de actividad podrá ser también parcial. En otras palabras, a partir del año que viene, podremos compatibilizar nuestra actividad con el paro del autónomo siempre y cuando nuestra facturación haya caído un 75% (como mínimo) durante dos trimestres.

¿Cuánto sube la cuota de autónomos en 2023?

La respuesta a esta pregunta dependerá de nuestra previsión de ingresos netos. Por eso, lo primero que tenemos que hacer al comienzo de cada año a partir de 2023 será realizar una aproximación de cuánto vamos a ganar (es decir, a los ingresos que tengamos le tenemos que descontar los gastos) entre enero y diciembre.

Nueva cuota mínima

La nueva tabla de cotizaciones -que poco tiene que ver con la lanzada inicialmente por el ministro José Luis Escrivá- está dividida en 15 tramos según los rendimientos netos previstos por el trabajador, que van desde los iguales o inferiores 670 euros mensuales hasta los que superen los 6.000 euros.

Se establece una nueva cuota reducida de 80 euros al mes para todos aquellos trabajadores que inicien una actividad por cuenta propia durante el primer año, prorrogable a otros 12 meses si el autónomo tiene ingresos inferiores al SMI.

Tablas cotización autonómos 2023

Fuente Antena 3

¿Cómo se calcula la nueva cuota de autónomos?

Para calcular el rendimiento mensual por el que debemos cotizar, tendremos que descontarle a nuestros ingresos los gastos que hemos tenido durante el ejercicio de nuestra actividad profesional y las cuotas de autónomo que hemos pagado. Además, a la cantidad que obtengamos tendremos que restarle el 7% (si somos persona física) o el 3% (si somos persona jurídica) en concepto de gastos de imposible justificación. Cuando tengamos obtenido esta cifra, la diviremos por 12 (los meses del año). El resultado que obtengamos es el que tenemos que trasladar a la tabla de cotización para saber en qué tramo nos encontramos y cuánto tendremos que pagar al mes.

 

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el límite para pagar en efectivo en España

Publicado

en

limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

Continuar leyendo