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Daniela Gómez interpreta el ‘cant de l’estoreta velleta’ en la #CridaFalles18

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Como desde viene sucediendo desde el año 2016, la Fallera Mayor Infantil de València 2018 tiene un papel activo en la Crida, dedicando unas palabras a los falleritos y falleritas.

Daniela Gómez de los Ángeles, con evidente temple, se ha dirigido al mundo fallero infantil asegurando que «ser faller és la millor extraescolar» y ha sorprendido a los presentes cuando ha animado al colectivo fallero a hacer sonar una de las canciones más conocidas y representativas de la fiesta como es ‘el cant de l’estoreta velleta’, siendo la propia Daniela la que de viva voz la ha interpreado.

Este es el discurso íntegro de la Fallera Mayor Infantil de València 2018:

«Xiquets i xiquetes de tot lo món, des de les nostres Torres de Serrans de la ciutat de
València, i en nom de tots els fallers i falleres infantils, tinc l’honor i el privilegi de
convidar-vos a fruir de la nostra festa, a conéixer l’hospitalitat de tots els valencians
i a sentir l’alegria i felicitat de totes les comissions infantils, perquè…
¡Ja estem en Falles!
Com encenent una metxa, els actes fallers lluiran de barri a barri per tota la ciutat;
per això, la meua Cort d’Honor i jo vos demanem que gogeu al màxim de cada
moment i obriu les portes de vostres casals a tots els xiquets i xiquetes del veïnat i
junts participeu en convivència i solidaritat, per a fer de les Falles…
¡¡¡LA MILLOR FESTA DEL MÓN !!!
Fallers i falleres infantils, gràcies per l’esforç i la implicació de tot un any d’activitats,
demostrant dia a dia que ser faller és la millor extraescolar, perquè les Falles som
teatre, som balls regionals, som declamació, som play-backs, som presentacions,
som cavalcades, som foc, pólvora i tradició, i aixina en uns dies tornarem a plantar
falles infantils, mantenint la flama i l’esperit dels nostres avantpassats, orgull de la
xicalla quan demanava els trastos per a la falla, perquè nosaltres, els xiquets, som
futur, però també som història de la nostra festa.
I amb la mateixa innocència i il·lusió, anem a fer tots junts que el món sencer escolte
la lletra del nostre himne faller, la cançó de les nostres arrels, la nostra volguda
cançó de l’estoreta…
¿Per ahí hi ha
una estoreta velleta
pa la Falla de Sant Josep,
del tio Pep?
Més que siga la tapadora
del comú número u.
¡Visca les falles infantils!»

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Nueva ley del alquiler: qué pasará con tu vivienda a partir de ahora

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Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Gobierno aprueba medidas para frenar el encarecimiento del alquiler y proteger a los inquilinos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2026 con nuevas medidas urgentes en materia de alquiler, con el objetivo de contener el aumento de precios y proteger a los inquilinos ante el impacto económico derivado de la guerra en Irán.

Esta nueva normativa introduce cambios clave en los contratos de alquiler de vivienda habitual, especialmente en lo relativo a la prórroga de contratos y a la limitación de las subidas de la renta.

Entre las principales medidas destacan:

  • Prórroga extraordinaria de contratos de hasta dos años
  • Límite máximo del 2% en la subida del alquiler
  • Medidas específicas para grandes tenedores y propietarios particulares

Prórroga obligatoria de los contratos de alquiler

El artículo 1 del decreto establece que los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán prorrogarse.

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años
  • El propietario estará obligado a aceptarla
  • Se mantendrán las mismas condiciones del contrato

Solo se podrá rechazar esta prórroga si el propietario acredita la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Es importante tener en cuenta que, si el decreto no es convalidado por el Congreso, estas medidas dejarían de aplicarse a futuros contratos.

Límite del 2% en la subida del alquiler

Para evitar que la inflación se traslade al precio de la vivienda, la ley fija un tope del 2% en la actualización anual del alquiler.

Diferencias según el tipo de propietario

  • Grandes tenedores:
    El incremento no podrá superar el 2%, aunque exista acuerdo entre las partes
  • Propietarios particulares:
    • Se puede pactar la subida
    • Si no hay acuerdo, el máximo será del 2%
    • Nunca podrá superar el límite legal vinculado al IPC

Se considera gran tenedor a quien posee más de 10 viviendas o más de 1.500 m² de uso residencial.

Cómo afecta la nueva ley a los inquilinos

Esta normativa afecta directamente a quienes viven de alquiler en vivienda habitual regulada por la LAU.

Si finaliza el contrato

Si tu contrato termina entre marzo de 2026 y diciembre de 2027:

  • Podrás solicitar una prórroga de hasta dos años
  • Mantendrás el mismo precio y condiciones

Los expertos recomiendan solicitar esta prórroga mediante burofax para dejar constancia legal.

Si se revisa el precio anual

  • La subida no podrá superar el 2% en la mayoría de casos
  • Se limita el impacto de la inflación en el alquiler

Cómo afecta a los propietarios

Las obligaciones varían en función del tipo de arrendador.

Si el contrato finaliza

  • Están obligados a aceptar la prórroga si el inquilino la solicita
  • La prórroga será anual, hasta un máximo de dos años
  • Solo podrán negarse por causas justificadas

Si se actualiza el precio

  • Caseros particulares: podrán pactar el incremento
  • Grandes tenedores: limitación obligatoria del 2%

Impacto económico y contexto de la medida

El Gobierno ha aprobado esta normativa como respuesta al aumento de precios provocado por la guerra en Irán, que ha disparado los costes energéticos y la inflación.

El objetivo es evitar una crisis habitacional y garantizar la estabilidad de los hogares en un contexto económico incierto.

Calculadora para calcular la subida del alquiler

Algunas plataformas han desarrollado herramientas para calcular el incremento máximo permitido del 2%, facilitando tanto a inquilinos como a propietarios conocer cómo aplicar la nueva normativa.

Una medida clave para el mercado del alquiler

El Real Decreto-ley 8/2026 refuerza el control sobre el mercado del alquiler en España, limitando las subidas de precios y garantizando la continuidad de los contratos en un periodo de incertidumbre económica.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de los inquilinos con la seguridad jurídica de los propietarios.

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