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Detenido en Pego por abusos sexuales a su sobrino de 13 años y grabarlo en móvil

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ALICANTE, 14 May. (EUROPA PRESS) –

Agentes de la Policía Nacional han detenido a un tío acusado de abusar sexualmente de su sobrino menor de edad, con el que convivía en un domicilio de Pego (Alicante), y a la pareja sentimental del supuesto abusador ya que era partícipe de los hechos a través del teléfono móvil.

El pariente del menor ha ingresado en prisión por orden del juez de Instrucción número dos de Dénia por delito contra la libertad sexual y contra la corrupción de menores, mientras que la pareja fue acusada por este último delito, según ha informado la Policía en un comunicado. Los detenidos son dos hombres de nacionalidad española de 34 y 59 años.

Tras más de un mes de investigación, los agentes corroboraron los indicios que tenían sobre la comisión de un posible delito contra la libertad sexual a un menor por parte de su tío y la pareja sentimental de este último. La investigación se inició cuando los investigadores de la Brigada de Policía Judicial de Dénia tuvieron «ciertas sospechas» de que un hombre podía estar abusando sexualmente de un menor de su entorno familiar en su propio domicilio.

Los agentes practicaron «arduas gestiones» de investigación ya que el presunto autor de los hechos llevaba a cabo los abusos «fuera de la vista de cualquier persona ajena a su círculo más cercano que pudiera descubrirlo», lo cual dificultaba enormemente la labor policial.

Fruto de diversas pesquisas policiales, los agentes lograron determinar que la víctima se trataba de su propio sobrino y los actos tenían lugar en el domicilio en el que ambos convivían con la madre del menor, hermana del tío, y otros dos hijos de ella en Pego (Alicante).

Los agentes averiguaron que cuando se encontraba junto con el menor solos en casa el tío presuntamente aprovechaba para abusar sexualmente del menor «haciendo partícipe a su pareja sentimental de los actos que estaban llevando a cabo a través de su teléfono móvil».

El pasado jueves los agentes establecieron un dispositivo policial que culminó con la detención de ambos varones. La investigación fue llevada a cabo por agentes de la Brigada de Policía Judicial de la Comisaría de la Policía Nacional de Dénia.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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