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Valencia

Fallece Domingo Ochoa, fundador de Industrias Ochoa y figura clave del sector industrial valenciano

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Domingo Ochoa
El empresario Domingo Ochoa

El empresario conquense, impulsor del clúster AVIA y referente en la automoción, muere en Xirivella a los 81 años


VALÈNCIA, 9 de mayo de 2025

El empresario Domingo Ochoa (Belmonte, Cuenca, 1944 – Xirivella, Valencia, 9 de mayo de 2025) ha fallecido este viernes a los 81 años, según ha informado el clúster de automoción de la Comunitat Valenciana (AVIA), del que fue miembro fundador en 2003. Considerado una de las figuras más influyentes del tejido industrial valenciano, Ochoa deja una huella imborrable en el ámbito de la innovación, la automoción y el emprendimiento.


Fundador de Industrias Ochoa y pionero en la automoción valenciana

En 1970, Domingo Ochoa fundó Industrias Ochoa S.L., empresa especializada en el diseño de matrices, estampación metálica y ensamblaje de componentes para sectores como la automoción, el eléctrico, el electrónico y las instalaciones. Bajo su dirección y junto a su hermano y socio Miguel Ochoa, la compañía experimentó un crecimiento constante y una importante expansión internacional.

En 2010, el grupo dio el salto fuera de Europa con la apertura de Industrias Ochoa Mexicana, consolidando así su presencia global y su apuesta por la internacionalización de la industria valenciana.


Trayectoria reconocida y compromiso con el sector

Domingo Ochoa fue galardonado en múltiples ocasiones por su labor como empresario. Recibió distinciones de la Cámara de Comercio de Valencia y FEMEVAL, y en 2018 fue reconocido por AVIA con el Premio a la Trayectoria Profesional, por su aportación al desarrollo del sector de la automoción y la movilidad en la Comunitat Valenciana.

Desde AVIA han destacado su papel como emprendedor visionario”, siempre comprometido con la innovación, el desarrollo tecnológico y la mejora del ecosistema industrial.

Demostró una firme vocación industrial, dedicación al crecimiento del tejido empresarial y un compromiso constante con la mejora continua”, ha destacado el clúster en un comunicado oficial.


Homenaje y despedida en Xirivella

Según ha informado la familia, los restos mortales de Domingo Ochoa serán trasladados al tanatorio de Xirivella el lunes 12 de mayo por la tarde, donde amigos, familiares y representantes del sector podrán rendirle homenaje.

La misa funeral está prevista para el martes por la mañana, también en Xirivella, localidad en la que residía y donde forjó gran parte de su legado empresarial.


Desde AVIA han trasladado su más sentido pésame a la familia, allegados, compañeros y al equipo de Industrias Ochoa, empresa que continuará el legado de su fundador con la misma vocación innovadora que él impulsó.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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