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El Gobierno aprueba una nueva moratoria hipotecaria y de consumo de 9 meses

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El Gobierno baja impuestos a las rentas bajas y se los sube a ricos y grandes empresas
EFE/ Ballesteros

Madrid, 2 feb (EFE).- El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una nueva moratoria que libere a las familias más afectadas por la pandemia del pago durante nueve meses de una hipoteca o de un crédito de consumo, una medida de alivio que se podrá solicitar hasta el 30 de marzo.

Además, podrán acogerse a estas moratorias las empresas del sector turismo y transporte que más han sufrido durante la crisis del coronavirus, ha explicado la ministra portavoz, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La medida beneficiará «fundamentalmente» a hogares y trabajadores vulnerables, así como a empresas del turismo o transporte con una reducción de la facturación del 40 % durante la pandemia, ha añadido.

Se trata de que las personas «en situación vulnerable» o los colectivos «más afectados» por la pandemia puedan tener suficientes instrumentos para atender a sus obligaciones de pago y evitar dificultades para preservar su actividad.

Las moratorias hipotecarias podrán solicitarse para el préstamo con el que se compró la vivienda habitual o un local en el que el autónomo desarrolla su actividad, así como en viviendas que están en alquiler y el propietario, con una hipoteca, ha dejado de percibir la renta del inquilino debido al estado de alarma.

Igualmente, cualquier persona considerada «vulnerable» con un crédito al consumo o cualquier tipo de financiación con cuota podrá acogerse a las moratorias para préstamos no hipotecarios.

En un comunicado, el Ministerio de Asuntos Económicos, añade que las empresas del sector del turismo podrán solicitar moratorias para los créditos sobre hoteles, alojamientos turísticos o locales de agencias de viajes, y las del transporte para las cuotas de sus préstamos, leasing o renting de vehículos.

Quienes hayan accedido a moratorias anteriores podrán solicitar una nueva, hasta agotar una duración máxima de nueve meses.

CONSUMIDOR VULNERABLE

Se considera vulnerable un consumidor en paro, autónomos con una caída de sus ventas de al menos el 40 %, así como familias cuyos ingresos no superen al mes 3 veces el IPREM -el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples- lo que equivale a 1.613,53 euros.

También entran en esta categorías las familias a las que el pago de las hipotecas y de los gastos básicos se les vaya más del 35 % de sus ingresos, así como cuando la carga hipotecaria, respecto a los ingresos, se ha multiplicado al menos por 1,3.

Para la ministra portavoz, las nuevas moratorias van a permitir aliviar la situación familiar de hogares y de parte del tejido productivo que «está sufriendo» y «pasándolo mal».

El Gobierno ha aprobado las nuevas moratorias tras las directrices aprobadas por la Autoridad Bancaria Europea (EBA) que permiten la ampliación del plazo de solicitud.

MORATORIAS EN 2020

Hasta el 31 de diciembre, la banca había concedido 1,38 millones de moratorias, incluyendo tanto las que provienen de las normas aprobadas por el Gobierno como las aplicadas por el sector financiero, que suman 794.386.

Las moratorias legales han permitido aplazar el pago de 220.000 hipotecas de particulares, 1.362 hipotecas de autónomos y empresas del sector del turismo, 363.176 préstamos de consumo y 1.661 contratos de leasing y factoring a empresas del transporte.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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