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El Ibuprofeno y el Paracetamol no se podrán comprar sin receta

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flucloxacilina y paracetamol

VALÈNCIA, 31 May.-  La venta de Ibuprofeno de 600 mg y del Paracetamol de un gramo vulnera la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos de 2015. Por ello, que desde el sector facmaceutico se demanda regular esta práctica, prohibiendo la venta de estos medicamentos sin receta médica.

La normativa en vigencia especifica que los profesionales «dispensarán con receta aquellos medicamentos que la requieran». No obstante, era un factor pasado por alto en la venta en farmacia. Pero el Sistema Español de Verificación del Medicamento (SEVEM), que ha entrado en vigor este mes de febrero, se termina esta práctica.

A partir de ahora, los enases de estos medicamentos deberán incluir una pegatina y un código QR que facilitará el seguimiento y control de estos medicamentos. Por lo tanto, será más fácil detectar si una entidad vende algunos de estos productos sin receta médica. El incumplimiento de estas medidas conlleva sanciones considerables.

Estas restricciones afectan tanto al Ibuprofeno de 600 y al Paracetamol de un gramo, como al Omeoprazol y otros jarabes antihistamínicos muy consumidos en España. Por otro lado, el Ibuprofeno de 400 miligramos y el Paracetamol de 650/500 quedan excluidos de esta normativa.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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