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El juez de #Imelsa rechaza el archivo de la causa propuesta por 5 exconcejales y exasesores del PP

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El Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, que investiga el caso Imelsa, ha rechazado las peticiones de archivo de la cauda que habían sido presentadas por cinco investigados en la pieza de blanqueo, tres de ellos exconcejales del PP de la ciudad de Valencia y otros dos, exasesores. Se trata de Juan Vicente Jurado, Alejandro Fernández, Emilio Del Toro, María Dolores Cubells y Silvestre Senent.

Cabe recordar que esta parte del caso Imelsa investiga la donación organizada por parte de 50 personas de 1.000 euros para el Partido Popular durante las elecciones municipales, importe que supuestamete les fue devuelto posteriormente en dos billetes de 500.

Y es que aunque no queda acreditada de manera objetiva la devolución de los 1.000 euros que cada uno de los investigados admite haber aportado para las elecciones municipales, sí «se investiga un delito presuntamente organizado que requería para su propósito la participación de 50 personas. El que existan indicios en la causa de que a determinados aportantes sí se les devolvió el dinero, es un indicio de que se les devolvió o se les iba a devolver a todos».

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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