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El Supremo prohíbe a los divorciados con hijos el uso de la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja

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El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio. En ella, el Alto Tribunal establece que el padre o la madre que viva con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva a vivir con ellos a su nueva pareja, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.

El Pleno de la Sala Primera ha resuelto en esta sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

La sala ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.

El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.
En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.

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Confirmado por Hacienda: cuándo estará disponible el borrador de la Renta 2025-2026

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borrador renta revisar
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La Agencia Tributaria ya ha fijado la fecha clave para la campaña de la renta: el borrador de la declaración 2025-2026 estará disponible a partir del 8 de abril de 2026.

Ese mismo día también se abre el plazo para presentar la declaración de forma telemática a través de Renta Web.


📅 Fecha del borrador de la renta 2025-2026

  • 🗓️ Disponible desde: 8 de abril de 2026
  • 💻 Acceso: online a través de Renta Web
  • 📑 Funciones: consultar, modificar y confirmar el borrador

Antes de esa fecha, los contribuyentes ya pueden acceder a:

  • Número de referencia
  • Datos fiscales
  • Información previa de la campaña

👥 Quién está obligado a hacer la declaración

En la campaña de la renta 2025-2026 deberán presentar declaración:

  • Personas con ingresos superiores a:
    • 22.000 € (un pagador)
    • 15.876 € (dos o más pagadores)
  • Trabajadores autónomos dados de alta en cualquier momento del año
  • Beneficiarios del ingreso mínimo vital
  • Miembros de unidades de convivencia vinculadas a estas ayudas

🔐 Cómo acceder al borrador de la renta

Para consultar el borrador en la web de la Agencia Tributaria necesitas:

  • Certificado digital
  • DNI electrónico
  • Sistema Cl@ve

Una vez dentro, podrás revisar todos tus datos fiscales y completar la declaración.


⚠️ Ojo: el borrador puede tener errores

Aunque Hacienda elabora el borrador automáticamente, no siempre está completo o actualizado.

Incluye información procedente de:

  • Empresas
  • Bancos
  • Aseguradoras
  • Administraciones públicas

Pero pueden faltar datos o existir errores.


✅ Qué revisar antes de confirmar la renta

Antes de presentar la declaración, revisa especialmente:

  • Datos personales (nombre, DNI)
  • Situación familiar (hijos, estado civil)
  • Ingresos (salarios, alquileres, inversiones)
  • Retenciones aplicadas
  • Deducciones fiscales

💸 Deducciones clave que puedes aplicar

Comprobar las deducciones puede marcar la diferencia en el resultado:

  • Alquiler de vivienda habitual
  • Maternidad
  • Donaciones a ONG
  • Inversión en vivienda
  • Familia numerosa

❌ Errores más habituales en el borrador

Los fallos más comunes incluyen:

  • Datos personales incorrectos
  • Ingresos no incluidos
  • Deducciones no aplicadas
  • Retenciones mal calculadas
  • Cambios familiares no reflejados

Detectarlos a tiempo evita sanciones o pagos de más.


🧾 Clave final: revisa antes de confirmar

Aunque el sistema de la Agencia Tributaria es cada vez más preciso, la revisión manual sigue siendo imprescindible para evitar errores y optimizar el resultado de tu declaración.

Continuar leyendo