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El Supremo prohíbe a los divorciados con hijos el uso de la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja

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El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio. En ella, el Alto Tribunal establece que el padre o la madre que viva con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva a vivir con ellos a su nueva pareja, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.

El Pleno de la Sala Primera ha resuelto en esta sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

La sala ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.

El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.
En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.

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El hijo de Conde-Pumpido detenido nuevamente por presunta agresión a su ex pareja.

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Cándido Conde Pumpido hijo
Cándido Conde Pumpido-FACEBOOK

El abogado Cándido Conde-Pumpido Varela, hijo del presidente del Tribunal Constitucional, fue arrestado por la Guardia Civil en Madrid el viernes pasado, acusado de agredir a su ex pareja, Bibiana, una mujer brasileña con quien tuvo una relación de tres años.

Según los informes, la mujer denunció que Conde-Pumpido la amenazó mientras viajaban en un automóvil por la A-6, incluso llegando a simular estrangularla con el cable del cargador del coche. Asustada, la mujer se bajó del vehículo y llamó al 112 para pedir ayuda, mientras que él la dejó en la carretera y se marchó.

La detención se produjo después de que la mujer presentara una denuncia en el cuartel de Villalba.

Conde-Pumpido Jr. es conocido por su reputación como abogado, con su propio despacho en Madrid y Málaga, y ha representado a clientes famosos como Rafael Amargo.

Esta no es la primera vez que se ve envuelto en controversias legales. A principios de este año, la Justicia cerró una investigación en su contra por una presunta agresión sexual. Además, en 2019 fue objeto de titulares por su implicación en el caso Bandenia, relacionado con un banco pantalla utilizado para ocultar capitales al fisco. Aunque fue procesado, su causa fue archivada por falta de pruebas.

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