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El Supremo prohíbe a los divorciados con hijos el uso de la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja

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El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio. En ella, el Alto Tribunal establece que el padre o la madre que viva con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva a vivir con ellos a su nueva pareja, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.

El Pleno de la Sala Primera ha resuelto en esta sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

La sala ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.

El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.
En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.

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El Gobierno aprueba una nueva oferta de empleo público con 36.600 plazas, un 9% menos que en 2024

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una nueva oferta de empleo público (OEP) para 2025 con un total de 36.600 plazas, lo que supone un descenso del 9% respecto a la convocatoria del año anterior, cuando se ofertaron 40.146 puestos. Esta decisión llega en un contexto marcado por las negociaciones sindicales y las exigencias de estabilidad y refuerzo de los servicios públicos.

Reparto de las plazas: Administración General, Justicia y Seguridad

Según ha detallado el Ministerio de Función Pública, del total de 36.617 plazas, 20.840 serán de nuevo ingreso y 11.600 de promoción interna. La mayor parte de los puestos se concentrarán en la Administración General del Estado (AGE), así como en los ámbitos de Justicia, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y Sanidad Exterior.

Este reparto responde a las necesidades detectadas por los distintos departamentos para cubrir jubilaciones, vacantes estructurales y reforzar áreas estratégicas como la digitalización, la inspección laboral o la gestión de políticas públicas.

Oferta extraordinaria: 1.000 plazas para facilitar la jubilación parcial

Junto a esta convocatoria general, el Gobierno ha anunciado una oferta extraordinaria de 1.000 plazas específicamente dirigida a facilitar la jubilación parcial anticipada del personal laboral de la AGE. Este colectivo había quedado en un limbo legal tras la reforma de las pensiones, al exigir la normativa que el trabajador relevista tenga contrato indefinido y jornada completa.

Esta medida responde a una histórica reivindicación de los sindicatos CCOO y UGT, que también exigen su ampliación al personal funcionario y estatutario.

Reacciones sindicales: tensión por el acuerdo inacabado

La nueva OEP llega en medio de creciente presión sindical. La semana pasada, CCOO y UGT organizaron una protesta frente al Ministerio de Hacienda para exigir el cumplimiento íntegro del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, así como la ejecución del plan de choque contra la temporalidad y la subida salarial correspondiente a 2025.

Aunque el Ejecutivo ha aprobado recientemente un incremento salarial adicional del 0,5%, los sindicatos consideran que las medidas son aún insuficientes para abordar los retos estructurales del empleo público en España.

Una oferta con menos plazas, pero centrada en la estabilización

Pese a ser un 9% inferior a la del año pasado, la nueva OEP mantiene un enfoque prioritario en la estabilización del empleo, la reducción de la temporalidad y la eficiencia en los procesos selectivos, con la intención de agilizar convocatorias y evitar demoras en la incorporación de personal.

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