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El TC prohibe a la Generalitat catalana utilizar el término «Asuntos Exteriores» para una Conselleria

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Las relaciones internacionales realizadas por las comunidades autónomas recae en el Estado y, por tanto, sólo el Gobierno puede autorizar cualquier tipo de iniciativa en este sentido. Esto es lo que ha venido a recordar este miércoles el pleno del Tribunal Constitucional, que ha decidido prohibir a la Generalitat de Cataluña utilizar la denominación de ‘Asuntos Exteriores’ para la Conselleria que lleva ese nombre y que dirige las relaciones exteriores del Gobierno que preside Carles Puigdemón.

El alto tribunal no obliga a eliminar la Conselleria, sino que lo que ha hecho es reducir y acotar sus funciones de representación exterior, reafirmando la competencia del Gobierno central en esa materia.

La Generalitat ya optó por realizar este cambio con anterioridad con el fin de evitar esta stuación, ya que inicialmente se denominó Departament d’Afers Exteriores, Relacions Institucionals i Transparència, para pasar posteriormente a referirse como Departament d’Afers i Relaciones Institucionals i Exteriors y Transparència. El TC también ha declinado esa nomenclatura y, sobre todo, se ha incidido en las funciones y la competencia del Estado y del gobierno central con las mismas.

Este fallo prosigue con la linea seguida por el que ya adoptara el Alto Tribunal español en 2016 en relación con el decreto de Acción Exeterior Catalana, también promovido por la Generalitat, y que fue el antecedente del posteriormente creado departamento de Asuntos Exeteriores, que dirige el que fuera cartel electoral en las últimas elecciones catalanas por Junts Pel Sí, Raúl Omeva.

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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