Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Empresas y autónomos afectados por la pandemia pueden aplazar el pago de los recibos de agua del 2021 en València

Publicado

en

Las empresas y los autónomos de València que lo soliciten podrán aplazar, sin ningún coste, el pago de la factura del agua del próximo año. Esta medida ha sido presentada hoy en una rueda de prensa por Elisa Valía, concejala responsable del Ciclo Integral del Agua, quien ha destacado que con esta medida se pretende “apoyar al sector empresarial de la ciudad en esta fase de reactivación económica”.

El aplazamiento podrá ser solicitado por todas aquellas empresas y autónomos de la ciudad de València que están incluidas como actividades afectadas por la pandemia según el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

La medida incluye el 100% de la factura del agua. Para ello, el Ayuntamiento asumirá las tasas y conceptos que no le corresponden directamente. “Hacemos un esfuerzo adicional por aplazar el pago, para apoyar a todo el tejido empresarial de la ciudad, a quienes están luchando con todas sus fuerzas por reactivar su actividad”, ha apuntado la concejala.

Esta medida no afecta a familias en situación de vulnerabilidad, porque según Valía “el Ayuntamiento dispone de un fondo social para atender a las familias desfavorecidas y por tanto esas personas tendrían ya su factura pagada por el Fondo Social”.

La concejala ha informado que se va a revisar la tasa de alcantarillado, especialmente en los tramos de mayor consumo que corresponden a las empresas, aliviando de esta forma la carga económica que deben soportar, “sería una modificación leve, pero puede tener gran impacto en algunos sectores”, ha afirmado Valía.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

Publicado

en

Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo