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Estos son los requisitos para solicitar las becas de no abandono de las universidades públicas valencianas

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la convocatoria de las becas de no abandono para la realización de estudios universitarios para el alumnado que le reste un máximo de 24 créditos para finalizar sus estudios universitarios en las universidades que integran el sistema universitario valenciano.

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 16 de octubre. El alumnado que solicite la beca deberá cumplimentar por vía telemática el formulario y presentarlo en los registros de las universidades o en las dependencias previstas en la Ley 30/92.

Estas ayudas cuentan con una dotación presupuestaria que asciende a 150.000 euros. El objetivo es contribuir a que el alumnado con dificultades económicas pueda finalizar sus estudios a partir de la tercera matrícula y sucesivas.

La exención de las tasas alcanzará únicamente a las asignaturas o créditos de que se haya matriculado la persona solicitante en el curso 2017-2018 en una única titulación y especialidad.

No formarán parte de la beca de matrícula aquellos créditos que excedan del mínimo necesario para obtener la titulación que se trate. Tampoco formarán parte de la beca los precios especiales que se devenguen como consecuencia de convalidaciones, reconocimiento o adaptaciones de estudios, asignaturas o créditos.

Criterios de adjudicación

Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. En el supuesto de que el importe de las becas propuestas para la concesión supere el importe global máximo previsto en la convocatoria, se adjudicarán, en primer lugar, al alumnado al que le quede un máximo de 18 créditos para finalizar sus estudios; subsidiariamente, si existe crédito disponible, la beca se concederá al alumnado al que le quede un máximo de 24 créditos para finalizar sus estudios.

Además, las ayudas se concederán en orden descendente, de acuerdo con la nota media obtenida por el alumno o alumna en el curso académico anterior o último realizado. En este caso, las ayudas se adjudicarán hasta que se agote el importe global máximo, por lo que quedarán excluidos de la beca los alumnos cuya nota media sea inferior a la del alumno a partir del cual se agote dicho importe global máximo.

Para tener derecho a la beca, el umbral de renta familiar no superable será, para una familia media de 4 miembros, de 43.846 euros.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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