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Fallas

Galiana remarca que «será Sanidad quien fije qué actos habrá de las Fallas»

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València, 6 may (EFE).- El concejal de Cultura Festiva del Ayuntamiento de València, Carlos Galiana, ha destacado este jueves que los actos que se hagan durante las Fallas «los tiene que marcar la Conselleria de Sanidad en función de las medidas».

En una rueda de prensa en la que ha presentado la Feria de Julio, Galiana ha asegurado que cuando en el Ayuntamiento sepan «cuándo y cómo» se vayan a realizar las actividades falleras, se trasladará esta decisión a las asambleas falleras correspondientes.

Consultado por qué será posible hacer durante estas fallas marcadas por la pandemia, Galiana ha sostenido que «de momento la Conselleria de Sanidad no ha contestado a esa pregunta», aunque ha recordado que el próximo lunes se reunirán las autoridades competentes para concretar cuáles serán los actos falleros y cuándo se podrán llevar a cabo.

No obstante, Galiana ha subrayado que la celebración de estas fallas «no va a incidir en las posteriores», ni tampoco el proceso de preselección de las Fallas de 2022 «incidirá» en esta.

Preguntado por cuánto tiempo se tardará en sacar las fallas de Feria Valencia, el edil valenciano ha afirmado que se hará en diez o doce días y ha recordado que las fallas están «almacenadas y numeradas», al tiempo que ha sostenido que en la Ofrenda «siempre ha habido vallas».

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Fallas

Así pueden solicitar las comisiones las subvenciones para pirotecnia en las Fallas 2026

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El Ayuntamiento de València, a través de la Junta de Gobierno Local, ha aprobado la convocatoria de subvenciones para comisiones falleras destinadas a cubrir gastos de pirotecnia durante las Fallas 2026. La medida busca fomentar la descentralización de los espectáculos y garantizar que las celebraciones se extiendan por toda la ciudad.

El concejal delegado de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera, Santiago Ballester, ha destacado que “de esta manera, el consistorio continúa apoyando la descentralización de las celebraciones y los espectáculos pirotécnicos por toda la ciudad”.

Cuantía y objetivos de las subvenciones

La convocatoria cuenta con un montante total de 100.000 euros, con una partida inicial de 75.000 euros ampliable hasta 25.000 euros adicionales. El objetivo es fomentar, promover e innovar la fiesta fallera, en línea con el Plan Estratégico de Subvenciones, apoyando a las comisiones en los gastos de pirotecnia.

El gasto mínimo subvencionable es de 4.000 euros (IVA incluido) y la ayuda puede cubrir hasta el 100% de los gastos justificados, con un máximo de 3.000 euros por comisión.

Gastos subvencionables

Los gastos considerados subvencionables incluyen todas las actividades relacionadas con la pirotecnia fallera, como:

  • Mascletàs

  • Cremà

  • Castillos

  • Correfoc

  • Cordà

  • Despertà

  • Cualquier otro material pirotécnico utilizado durante las Fallas 2026

Requisitos y procedimiento de solicitud

Las ayudas están abiertas a todas las comisiones de falla de València registradas como entidades sin ánimo de lucro e integradas en la Junta Central Fallera. Las comisiones deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas al cierre del plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse de manera telemática, con firma electrónica avanzada y la documentación requerida, incluyendo una declaración responsable. Para justificar la subvención se deberán aportar:

  • Facturas

  • Acreditación de pago

  • Pruebas de difusión pública de la ayuda (web, redes sociales, llibret, cartelería)

El procedimiento de concesión será mediante concurrencia competitiva, y una vez cerrado el plazo se publicarán listas provisionales y definitivas con posibilidad de subsanación o recurso.

Plazos y publicación

La convocatoria se publicará en:

  • Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)

  • Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP)

  • Sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia

  • Página web de la Junta Central Fallera

El plazo de presentación será de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOP.

 

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