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El Ibex 35 cae más de un 3% en la apertura tras la subida del petróleo por la tensión en Oriente Próximo

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Ibex 35

El IBEX 35 ha iniciado la jornada de este lunes con una fuerte caída del 3,17%, situándose en 16.512,7 puntos en la apertura. El descenso se produce en un contexto de creciente tensión geopolítica en Oriente Próximo, que ha provocado una fuerte subida de materias primas como el petróleo y el gas.

La volatilidad en los mercados llega después de una nueva oleada de ataques en la región, con enfrentamientos relacionados con Irán, Israel y Estados Unidos, lo que ha generado incertidumbre en los mercados internacionales.

Las empresas más afectadas del Ibex 35

En los primeros compases de la sesión bursátil, las mayores caídas dentro del selectivo español correspondían a:

  • Acerinox (-5,31%)

  • International Airlines Group (IAG) (-4,86%)

  • Ferrovial (-4,7%)

  • Sacyr (-4,5%)

En contraste, la única compañía que registraba subidas era Repsol, que avanzaba alrededor de un 1,01%, impulsada por el fuerte incremento del precio del petróleo.

Cabe recordar que el Ibex 35 ya cerró la semana pasada con una pérdida del 7,01%, el peor resultado semanal en los últimos cuatro años.

Las bolsas europeas también caen

El nerviosismo se ha extendido al resto de mercados europeos, que también han abierto la sesión con pérdidas:

  • La bolsa de Milán caía un 2,7%

  • Fráncfort retrocedía un 2,33%

  • París bajaba un 2,26%

  • Londres cedía alrededor de un 1,6%

La incertidumbre internacional continúa presionando a los inversores, que reaccionan con ventas ante el temor a un posible impacto económico global.

Caídas generalizadas en las bolsas asiáticas

Los mercados asiáticos también cerraron la jornada del lunes en negativo. El índice Nikkei 225 de la Bolsa de Tokio registró una fuerte caída del 5,2%.

Por su parte, el índice Hang Seng de la Bolsa de Hong Kong retrocedía cerca de un 1,4%, mientras que los selectivos de las bolsas de Shenzhen y Shanghái bajaban alrededor de un 0,8% y un 0,7%, respectivamente.

Además, la inflación en China también generó preocupación entre los inversores. El índice de precios al consumo (IPC) interanual subió en febrero hasta el 1,3%, el nivel más alto de los últimos tres años.

El petróleo y el gas se disparan

En medio de este contexto de incertidumbre, el precio del crudo continúa disparado. El barril de Brent, referencia en Europa, subía alrededor de un 17%, alcanzando los 108,3 dólares.

Por su parte, el West Texas Intermediate (WTI), referencia en Estados Unidos, avanzaba un 13,5%, hasta los 103,2 dólares por barril.

También el gas natural registraba fuertes subidas. El precio del gas en el mercado de futuros de Países Bajos, referencia en Europa, se incrementaba más de un 15%, situándose en 61,40 euros por megavatio hora, aunque llegó a subir casi un 30% en la apertura.

 

 

 

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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