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La Audiencia ordena reabrir el caso Valmor para saber quién avalaba la F1

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado revocar parcialmente el sobreseimiento de la causa abierta por la organización del Gran Premio de Fórmula 1 en la capital del Turia, a través de Valmor Sports, para investigar «la indicación u orden de firma de la asunción por la Generaliitat Valenciana de la condición de avalista en el convenio, acta o documento de fecha 19 de julio de 2011».

Así lo señala en un auto de este pasado lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la sala estima parcialmente el recurso que presentó la Abogacía de la Generalitat al archivo de este procedimiento, en el que únicamente figuraba como investigado el expresidente de la Generalitat Francisco Camps.

El tribunal ordena revocar la decisión de sobreseimiento, pero precisa que «solo en tanto que la causa se sigue para investigar la indicación u orden de firma de la asunción por la Generalitat Valenciana de la condición de avalista» en el acta de 19 de julio de 2011, mientras que confirma la decisión recurrida en el resto de hechos objeto de investigación en la pieza y rechaza el resto de peticiones de la Abogacía para la acumulación de piezas y la reapertura de la causa en relación con Belén Reyero, que fuera asesora del expresidente.

Así la sala señala que si bien existen indicios que permiten imputar a Camps hechos con apariencia delictiva –por omitir procedimiento en la decisión de que la Generalitat Valenciana asumiera la condición de avalista en el contrato–, podrán las partes y la jueza de Instrucción, una vez reabierta la causa, solicitar las diligencias pertinentes para que prospere la tesis acusatoria.

Fuente: Europapress

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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