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La Audiencia ordena reabrir el caso Valmor para saber quién avalaba la F1

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado revocar parcialmente el sobreseimiento de la causa abierta por la organización del Gran Premio de Fórmula 1 en la capital del Turia, a través de Valmor Sports, para investigar «la indicación u orden de firma de la asunción por la Generaliitat Valenciana de la condición de avalista en el convenio, acta o documento de fecha 19 de julio de 2011».

Así lo señala en un auto de este pasado lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la sala estima parcialmente el recurso que presentó la Abogacía de la Generalitat al archivo de este procedimiento, en el que únicamente figuraba como investigado el expresidente de la Generalitat Francisco Camps.

El tribunal ordena revocar la decisión de sobreseimiento, pero precisa que «solo en tanto que la causa se sigue para investigar la indicación u orden de firma de la asunción por la Generalitat Valenciana de la condición de avalista» en el acta de 19 de julio de 2011, mientras que confirma la decisión recurrida en el resto de hechos objeto de investigación en la pieza y rechaza el resto de peticiones de la Abogacía para la acumulación de piezas y la reapertura de la causa en relación con Belén Reyero, que fuera asesora del expresidente.

Así la sala señala que si bien existen indicios que permiten imputar a Camps hechos con apariencia delictiva –por omitir procedimiento en la decisión de que la Generalitat Valenciana asumiera la condición de avalista en el contrato–, podrán las partes y la jueza de Instrucción, una vez reabierta la causa, solicitar las diligencias pertinentes para que prospere la tesis acusatoria.

Fuente: Europapress

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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