Síguenos

Valencia

La Comunitat aún no ha informado al Defensor del Pueblo sobre abusos a menores tutelados

Publicado

en

La Comunitat aún no ha informado al Defensor del Pueblo sobre abusos a menores tutelados
El defensor del pueblo, Ángel Gabilondo, en un desayuno informativo organizado por Nueva Economía Fórum. EFE/ Chema Moya/Archivo

Madrid/València, 13 oct (EFE).- Solo Asturias, Madrid y Extremadura, junto a la ciudad autónoma de Melilla, han enviado al Defensor del Pueblo los datos sobre casos de explotación sexual de menores tutelados, por lo que mantiene la actuación abierta hasta que la institución emita una resolución global con los informes de todas las comunidades.

El pasado 25 de mayo el Defensor inició una actuación de oficio requiriendo información a las administraciones competentes en materia social de todas las comunidades, así como al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, para conocer las características de los casos de explotación sexual de menores tutelados que se hubieran detectado en cada territorio.

También reclamó a las administraciones competentes que le detallaran las medidas específicas de protección adoptadas con respecto a los afectados y los protocolos aprobados o en elaboración para la detección temprana de tales casos.

La institución explica este jueves que solo esas tres comunidades y Melilla han enviado la información, por lo que «continúa abierta esa actuación general de oficio», que no impide que «pudieran iniciarse otras investigaciones de carácter singular, en el caso de tenerse conocimiento de nuevos casos».

«El Defensor del Pueblo emitirá, en su momento, una resolución global sobre los casos de explotación sexual de menores tutelados cuando se tenga la información solicitada a todas las comunidades autónomas», indica en un comunicado.

Con esa documentación, ha recordado, elaborará una resolución «que, previsiblemente, contendrá las correspondientes recomendaciones a las administraciones competentes».

Durante su comparecencia en el Parlamento el pasado 13 de septiembre para dar cuenta del informe de la institución en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Gabilondo reconoció que se trata de «un asunto de envergadura» y que hay «indicios» de que podría haber casos de explotación sexual a menores en muchas comunidades autónomas.

Con la información de todas las comunidades «se podrá tener un estudio serio» en toda España, aseveró.

Entre las propuestas para mejorar el funcionamiento de los centros de menores, Gabilondo planteó realizar la supervisión médica en las primeras 24 horas del ingreso, protocolos de prevención de conductas autolesivas y reforzar el personal con expertos en psicología clínica.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo