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La defensa de Zaplana vuelve a pedir su libertad ante el «inexistente» riesgo de fuga por su estado de salud

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El abogado de Zaplana cuestiona al juez

VALÈNCIA, 8 Ene. (EUROPA PRESS) – La defensa del expresidente de la Generalitat Valenciana Eduardo Zaplana ha vuelto a solicitar a la jueza que instruye el caso Erial la libertad del exministro basándose en cinco puntos, entre ellos, el «inexistente» riesgo de fuga dado su estado de salud, ya que sufre leucemia.

Según ha podido saber Europa Press de fuentes conocedoras de la petición, la defensa sostiene que la ley no permite mantener en prisión a un investigado durante más de seis meses con el argumento de la existencia de riesgo de destrucción de pruebas.

En este caso, el expresidente se encuentra desde finales del mes de mayo en la cárcel valenciana de Picassent, por orden de la titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia que acordó para él prisión provisional, comunicada y sin fianza en el marco de la ‘Operación Erial’, por la que fue detenido por presuntos delitos de blanqueo de capitales, malversación y prevaricación.

No obstante, el pasado diciembre se quedó ingresado en el Hospital La Fe de València tras un chequeo rutinario para controlar su salud por la leucemia que padece, al detectar el médico un empeoramiento en su estado y bajada de defensas.

Por ello, y en esta situación, la defensa alega que el riesgo de fuga, «único fundamento posible de la prisión preventiva en este momento», es «inexistente» precisamente por su salud, que le obliga, según informes de expertos, a estar sujeto a tratamientos en el mismo hospital donde fue trasplantado.

Precisamente, a principios de mes la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia expresó su respaldo al médico Guillermo Sanz, jefe de este servicio en el Hospital La Fe y facultativo encargado del tratamiento de Zaplana, que se opone a que el exministro regrese a prisión.

La entidad explicaba que los informes de Zaplana han sido analizados por dos hematólogos «con gran experiencia y prestigio en el trasplante hematopoyético», y que coincidieron en las apreciaciones del doctor Sanz, en sus indicaciones de tratamiento y en las afirmaciones sobre que el ingreso en un centro penitenciario «no es el entorno adecuado, ya que carece el equipamiento técnico necesario así como del personal especializado para atender la situación clínica» del exministro.

MEDIDAS ALTERNATIVAS
La defensa insiste en la idea de que «cualquier mínimo riesgo podría ser paliado con medidas alternativas a la prisión» como la retirada de pasaporte o presentaciones y que existen sistemas de control telemático a disposición de los jueces de instrucción para garantizar el control de los presos preventivos, más allá de los casos de violencia contra la mujer.

Por último, reitera que la ley prevé la prisión atenuada –arresto domiciliario– para los supuestos de que «por razón de enfermedad el internamiento entrañe grave peligro para la salud».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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