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La deuda pública de la Comunitat es la mayor de España

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(EFECOM).- La deuda pública de la Comunitat Valenciana alcanza los 51.117 millones de euros en el primer trimestre del año, el segundo mayor importe por comunidades por detrás de Cataluña y que supone el 49,4 % del PIB.

Este porcentaje del PIB es el mayor de todas las autonomías, según los datos publicados este viernes por el Banco de España.

La deuda pública española marcó un nuevo récord en el primer trimestre del año al alcanzar los 1.392.733 millones de euros, un 125,3 % del PIB.

Al cierre de marzo, la deuda del conjunto de las administraciones públicas superaba en 47.293 millones, 5,4 puntos de PIB, la del cierre de 2020, que ya había sido un máximo histórico tras un ejercicio marcado por la pandemia y la incorporación al perímetro público de las cuentas de la Sareb.

El dato publicado este viernes revisa ligeramente al alza el adelantado el pasado 18 de mayo correspondiente al mensual de marzo -1.392.696 millones, el 125,3 % del PIB-.

Al cierre del primer trimestre, la mayor parte de la deuda pública se concentraba en la administración central, con un total de 1.247.876 millones de euros, un nuevo récord que supera en 41.238 millones el cierre de 2020 y que equivale al 112,3 % del PIB.

Las comunidades autónomas también incrementaron su endeudamiento en el primer trimestre, hasta los 307.316 millones -3.694 millones más-, un 27,7 % del PIB.

Las corporaciones locales cerraron el trimestre con una deuda de 22.115 millones, 170 más y un 2 % del PIB, mientras que las administraciones de la Seguridad Social la mantuvieron sin cambios en 85.355 millones, un 7,7 % del PIB.

La suma de la deuda de cada administración excede el total porque la mayor parte de la deuda autonómica está contabilizada también por el Estado.

Al cierre del trimestre la mayor parte de la deuda, 1.201.376 millones, se concentraba en valores representativos de deuda, tanto a largo plazo (1.113.908 millones) como a corto plazo (87.468 millones).

El resto se repartía en préstamos (186.436 millones) y efectivo y depósitos (4.921 millones).

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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