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La deuda pública de la Comunitat es la mayor de España

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(EFECOM).- La deuda pública de la Comunitat Valenciana alcanza los 51.117 millones de euros en el primer trimestre del año, el segundo mayor importe por comunidades por detrás de Cataluña y que supone el 49,4 % del PIB.

Este porcentaje del PIB es el mayor de todas las autonomías, según los datos publicados este viernes por el Banco de España.

La deuda pública española marcó un nuevo récord en el primer trimestre del año al alcanzar los 1.392.733 millones de euros, un 125,3 % del PIB.

Al cierre de marzo, la deuda del conjunto de las administraciones públicas superaba en 47.293 millones, 5,4 puntos de PIB, la del cierre de 2020, que ya había sido un máximo histórico tras un ejercicio marcado por la pandemia y la incorporación al perímetro público de las cuentas de la Sareb.

El dato publicado este viernes revisa ligeramente al alza el adelantado el pasado 18 de mayo correspondiente al mensual de marzo -1.392.696 millones, el 125,3 % del PIB-.

Al cierre del primer trimestre, la mayor parte de la deuda pública se concentraba en la administración central, con un total de 1.247.876 millones de euros, un nuevo récord que supera en 41.238 millones el cierre de 2020 y que equivale al 112,3 % del PIB.

Las comunidades autónomas también incrementaron su endeudamiento en el primer trimestre, hasta los 307.316 millones -3.694 millones más-, un 27,7 % del PIB.

Las corporaciones locales cerraron el trimestre con una deuda de 22.115 millones, 170 más y un 2 % del PIB, mientras que las administraciones de la Seguridad Social la mantuvieron sin cambios en 85.355 millones, un 7,7 % del PIB.

La suma de la deuda de cada administración excede el total porque la mayor parte de la deuda autonómica está contabilizada también por el Estado.

Al cierre del trimestre la mayor parte de la deuda, 1.201.376 millones, se concentraba en valores representativos de deuda, tanto a largo plazo (1.113.908 millones) como a corto plazo (87.468 millones).

El resto se repartía en préstamos (186.436 millones) y efectivo y depósitos (4.921 millones).

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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