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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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La “hora de oro”, clave para salvar vidas en accidentes ferroviarios como el de Adamuz, según expertos en emergencias

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Los primeros minutos tras un accidente ferroviario de gran magnitud, como el ocurrido en Adamuz (Córdoba), son determinantes para la supervivencia de las víctimas. Así lo destacan especialistas en emergencias sanitarias, que subrayan la importancia de la conocida como “hora de oro”, un concepto clave en la atención a pacientes politraumatizados.

La “hora de oro” hace referencia al periodo inicial tras un siniestro grave en el que una intervención rápida y organizada puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte, especialmente cuando existen lesiones que comprometen funciones vitales.

Por qué los primeros minutos son decisivos

Según explica la experta en urgencias Elena Plaza, la rapidez en la atención es crucial en determinados tipos de lesiones. Hemorragias externas graves, por ejemplo, pueden causar la muerte en cuestión de minutos si no se actúa de inmediato, mientras que un traumatismo craneoencefálico severo puede resultar letal si no se asegura una correcta ventilación en los primeros instantes.

En otros casos, como las lesiones internas profundas, la actuación inicial se centra en estabilizar al paciente para permitir un traslado seguro al hospital, aunque no siempre sea posible una intervención definitiva en el lugar del accidente.

Qué lesiones requieren atención inmediata y cuáles pueden esperar

Los especialistas señalan que algunas lesiones cardíacas o pulmonares sí permiten tratamientos iniciales en el propio escenario del siniestro, ganando tiempo vital antes del traslado. En cambio, fracturas de pelvis o fémur, aunque graves, pueden admitir cierta demora siempre que se realicen medidas de inmovilización y control, ya que estos huesos pueden provocar sangrados internos progresivos si no se estabilizan adecuadamente.

La clave, insisten los expertos, es identificar rápidamente qué pacientes necesitan intervención urgente y cuáles pueden esperar sin que su vida corra peligro inmediato.

El triaje, esencial en accidentes con múltiples víctimas

En emergencias como la de Adamuz, donde el número de afectados supera la capacidad de respuesta inmediata, se activa el protocolo de incidente de múltiples víctimas. En estos casos, los equipos de emergencia realizan un triaje, un sistema de clasificación rápida que prioriza la atención según la gravedad.

Habitualmente se utilizan cuatro categorías identificadas por colores:

  • Rojo, pacientes críticos con riesgo vital inmediato.

  • Amarillo, heridos graves pero estables temporalmente.

  • Verde, personas con lesiones leves que pueden desplazarse por sí mismas.

  • Negro, víctimas fallecidas.

Los pacientes más graves son evacuados primero hacia centros hospitalarios, mientras que el resto recibe atención progresiva conforme se liberan recursos.

Coordinación y hospitales de campaña para evitar el colapso

El experto en gestión sanitaria Luis García destaca que, en este tipo de catástrofes, es fundamental movilizar recursos sanitarios extrahospitalarios, instalar hospitales de campaña y coordinar de forma directa a los servicios de emergencia con los hospitales de referencia.

“La distribución equilibrada de pacientes evita la saturación de los centros sanitarios y garantiza una atención eficaz”, explica, subrayando la importancia de la comunicación constante entre el 112, los responsables del operativo y los hospitales.

Una lección tras la tragedia de Adamuz

El accidente de tren de Adamuz ha vuelto a poner el foco en la importancia de la respuesta inmediata, el triaje y la coordinación sanitaria en grandes emergencias. Para los expertos, la correcta aplicación de la “hora de oro” sigue siendo uno de los factores más determinantes para reducir la mortalidad en tragedias ferroviarias.


La historia de la niña de 6 años que sobrevivió sola al accidente de tren de Adamuz donde falleció toda su familia

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