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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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Ojo en Semana Santa 2026 con estos radares “invisibles” en las carreteras

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radares valencia

Con la llegada de la Semana Santa 2026, la DGT activa uno de los dispositivos de control más importantes del año para vigilar el aumento de desplazamientos en las carreteras españolas. Entre las medidas destacadas se encuentra el uso de los conocidos como radares “invisibles”, diseñados para reforzar la vigilancia sin ser fácilmente detectados por los conductores.


🚗 Un operativo especial ante el aumento de la movilidad

Durante estos días festivos, millones de vehículos se desplazan por carretera, lo que convierte la Semana Santa en uno de los periodos con mayor tráfico del año.

La estrategia de la DGT incluye:

  • Intensificación de controles de velocidad
  • Vigilancia en carreteras convencionales y autopistas
  • Refuerzo de dispositivos de control en puntos estratégicos
  • Uso de tecnología avanzada para prevenir accidentes

El objetivo principal es reducir la siniestralidad y mejorar la seguridad vial en un contexto de alta movilidad.


📡 Radares “invisibles”: qué son y cómo funcionan

Los llamados radares “invisibles” forman parte del arsenal tecnológico de la DGT. Se caracterizan por:

  • Estar menos visibles que los radares tradicionales
  • Estar integrados en vehículos camuflados o ubicaciones discretas
  • Controlar la velocidad de forma más difícil de detectar
  • Actuar en tramos donde se requiere especial vigilancia

Estos dispositivos permiten controlar el comportamiento de los conductores sin generar cambios bruscos en la conducción por su fácil localización.


⚠️ Un refuerzo clave en fechas de alto riesgo

La DGT intensifica este tipo de medidas en periodos como la Semana Santa debido al incremento de desplazamientos de largo recorrido y trayectos cortos por ocio.

En estos contextos, el exceso de velocidad, las distracciones y la fatiga son algunos de los factores de riesgo más habituales, por lo que el control preventivo se convierte en una herramienta esencial.


🧭 Objetivo: reducir accidentes y concienciar a los conductores

El despliegue de radares y controles forma parte de una estrategia más amplia que busca:

  • Reducir accidentes en carretera
  • Concienciar sobre el respeto a los límites de velocidad
  • Mejorar la fluidez del tráfico
  • Prevenir comportamientos de riesgo

La combinación de vigilancia, tecnología y campañas de concienciación convierte a la Semana Santa en un periodo clave para la seguridad vial en España.

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