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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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El temporal de nieve y frío complica la circulación en 84 carreteras de España, una de la red principal

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El temporal de frío y nieve que afecta este lunes a gran parte de España está provocando importantes complicaciones en la red viaria, con 84 carreteras afectadas por la acumulación de nieve y hielo, según la información más reciente de los servicios de tráfico.

De ese total, una vía pertenece a la red principal, mientras que el resto corresponde a carreteras secundarias, especialmente en zonas de montaña y áreas del interior peninsular.

Zonas más afectadas por la nieve

Las incidencias se concentran principalmente en comunidades del norte y centro del país, donde las precipitaciones en forma de nieve y las bajas temperaturas han dificultado la circulación desde primeras horas de la mañana. En varios tramos es obligatorio el uso de cadenas y se recomienda extremar la precaución ante la presencia de hielo en la calzada.

Las autoridades no descartan que el número de carreteras afectadas aumente a lo largo del día si persisten las condiciones meteorológicas adversas.

Recomendaciones de Tráfico ante el temporal

La Dirección General de Tráfico (DGT) aconseja:

  • Evitar desplazamientos innecesarios en zonas afectadas

  • Consultar el estado de las carreteras antes de viajar

  • Circular con cadenas o neumáticos de invierno

  • Mantener la distancia de seguridad y reducir la velocidad

Los servicios de conservación trabajan de forma continuada para limpiar la calzada y garantizar la seguridad, especialmente en los tramos más transitados.

Previsión para las próximas horas

Según las previsiones meteorológicas, el episodio de frío y nieve se mantendrá durante las próximas horas, con nevadas a cotas relativamente bajas en algunas zonas, lo que podría seguir afectando tanto al tráfico rodado como al transporte por carretera.

 

 

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