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La Fiscalía Anticorrupción acusa a Jorge Rodríguez de irregularidades en las contrataciones vinculadas al PSPV y Compromis

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La Fiscalía Anticorrupción responsabiliza al expresidente de la Diputación de Valencia, el socialista Jorge Rodríguez, y el resto de investigados en la operación Alquería de la contratación de personas para cargos de alta dirección en la empresa pública Divalterra –antes Imelsa– «sin sujetarse a los principios de publicidad, mérito, transparencia y capacidad».

«La única motivación para su contratación es la adscripción o vinculación de los contratados a los dos partidos políticos que gobiernan en la Diputación, Compromís y el PSOE. De tal forma que de las personas contratadas, tres son afines a Compromís y cuatro son afines al PSOE», señala el fiscal, que cree que los hechos pueden ser constitutivos de prevaricación y malversación.

Aprecia también «la creación de una estructura de gobierno paralela a la auténtica voluntad del Consejo formada tan solo por los consejeros miembros de los partidos políticos que sustentan a la Diputación Provincial».

Así figura en la querella que dirige el fiscal al juzgado –incluida en el sumario del caso Alqueria, al que ha tenido acceso Europa Press– contra el que fuera expresidente de la Diputación, Jorge Rodríguez; el ex jefe de gabinete, Ricard Gallego; el secretario-letrado asesor del Consejo de Administración de Divalterra, Jorge Cuerda; el asesor del presidente Manuel Reguart; y los exdirectores-gerentes de la empresa Xavier Simón y Agustina Brines.

En su escrito, el fiscal relata cómo en julio de 2015, ante el Consejo de Administración de la empresa –llamada todavía Imelsa–, presidido ya por Rodríguez, el secretario de la Diputación, ante la pregunta de uno de los consejeros sobre si el nombramiento que se proponía de dos personas como personal de alta dirección era legal, a lo que contestó que no, algo que ratificó posteriormente en una declaración que prestó ante la Fiscalía.

Pese a ello, los nombramientos se efectuaron, con el único voto en contra del consejero que había formulado la pregunta y sin que ni ninguno de los consejeros ni el presidente se interesaran por las razones por las que el secretario había indicado que las contrataciones deberían hacerse siguiendo los principios de publicidad, mérito y capacidad.

El ministerio público se refiere seguidamente a otro episodio sucedido en los meses de septiembre y diciembre de 2015, cuando se produce la contratación de siete personas como personal de alta dirección «sin sujetarse a los principios de publicidad, mérito, transparencia y capacidad». «Dichas contrataciones –sostiene– se producen al margen y obviando las funciones del Consejo de Administración que es único órgano que puede realizarlas, no existiendo ningún expediente de contratación, información de necesidad, ni solicitud de existencia de crédito o consignación presupuestaria».

Y agrega: «La única motivación para su contratación es la adscripción o vinculación de los contratados a los dos partidos políticos que gobiernan en la Diputación, Compromís y el PSOE. De tal forma que las personas contratadas, tres son afines a Compromís y cuatro son afines al PSOE».

«DONDE ANTES HABÍA UN ALTO CARGO, AHORA DIEZ».

En esta línea, hace notar que «los distintos informes jurídicos emitidos a petición de la empresa (…) señalan el abandono de la legalidad en dichas contrataciones, bien por no sujetarse al EBEP, bien por no resultar acorde con los principios de eficiencia, austeridad y transparencia en la gestión de una empresa pública, dado que como relataron el auditor interno y externo de la empresa, no parece acorde con dichos principios de eficiencia y austeridad, y manteniendo la empresa el mismo presupuesto donde antes había un alto cargo, ahora diez».

En este punto, señala que el informe jurídico encargado por la propia empresa analizando los contratos llega a la conclusión de que, no solo se omite y anula el artículo 55 del EBEP, sino que no se corresponde el nombramiento con el ejercicio de poderes inherentes a la titularidad de la empresa, pudiendo haber incurrido en fraude de ley al intentar obviar dicho artículo configurando en la plantilla personal de alta dirección para «eludir el cumplimiento de los principios de selección».

Frente a esta situación, y en una reunión del 15 de noviembre de 2016 del Consejo de Administración, cuando el auditor interno de la empresa expone las irregularidades detectadas en la gestión de fondos públicos es «mandado callar por el presidente del Consejo, diciéndole en varias ocasiones el jefe de gabinete del presidente Ricard Gallego que era un hijo de puta».

El fiscal asegura que los querellados conocían las arbitrariedades que se producían y también los «artificios buscados para tratar de amparar unas contrataciones que responden a un puro voluntarismo político de favorecer a los miembros del partido dominante en la Diputación y afín al presidente de la misma».

 

Fuente: Europa Press

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Betabloqueantes tras un infarto: un estudio español demuestra que ya no son necesarios en la mayoría de pacientes

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Betabloqueantes infarto
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Un estudio internacional coordinado por el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares (CNIC) ha revolucionado el abordaje del tratamiento del infarto de miocardio. La investigación concluye que los betabloqueantes, recetados de forma rutinaria desde hace más de 40 años, no aportan beneficios en pacientes que han sufrido un infarto no complicado, es decir, cuando la función contráctil del corazón se mantiene conservada.

El estudio Reboot cambia las guías clínicas del infarto

Los resultados proceden del ensayo clínico Reboot, en el que han participado 8.505 pacientes de 109 hospitales en España e Italia. El trabajo, publicado en dos de las revistas médicas más prestigiosas —The New England Journal of Medicine y The Lancet—, se ha presentado en el Congreso de la Sociedad Europea de Cardiología en Madrid.

“Nuestro trabajo va a cambiar el tratamiento del infarto en todo el mundo. Más del 80% de los pacientes con infarto no complicado reciben betabloqueantes al alta, pero no hay evidencia de que les aporten beneficio”, explica Borja Ibáñez, director científico del CNIC e investigador principal del estudio.

Por qué se recetaban betabloqueantes tras un infarto

Desde los años 80, los betabloqueantes se recetaban tras un infarto porque reducen la frecuencia cardíaca, la presión arterial y el consumo de oxígeno del corazón, protegiéndolo frente a arritmias y complicaciones.

Sin embargo, con la llegada de tratamientos más efectivos como la angioplastia coronaria y la colocación de stents, que abren la arteria obstruida en cuestión de minutos, el papel protector de estos fármacos ha quedado obsoleto en muchos casos.

El CNIC ya lo adelantó en su polipíldora cardiovascular (que combina aspirina, un antihipertensivo y un medicamento para el colesterol), de la que se excluyeron los betabloqueantes por su cuestionada utilidad.

Beneficios de eliminar los betabloqueantes

Según el estudio Reboot, dejar de prescribir betabloqueantes de forma rutinaria tras un infarto no complicado supondrá:

  • Menos efectos secundarios: cansancio, bradicardia (ritmo cardíaco bajo) y disfunción sexual.

  • Mayor adherencia al tratamiento, al reducirse el número de pastillas diarias.

  • Ahorro económico para el sistema sanitario, al disminuir la prescripción innecesaria.

Un riesgo especial para las mujeres

Uno de los hallazgos más relevantes del ensayo es la diferencia en el efecto de los betabloqueantes según el sexo.

  • En las mujeres, el estudio encontró un mayor riesgo de muerte, reinfarto y hospitalización por insuficiencia cardiaca cuando recibían betabloqueantes en comparación con aquellas que no los tomaban.

  • En los varones, en cambio, no se detectaron estos efectos adversos significativos.

Este resultado pone de manifiesto la importancia de tener en cuenta el sesgo de género en las enfermedades cardiovasculares, algo históricamente poco considerado en la investigación clínica.

Una advertencia para los pacientes que ya los toman

A pesar de los resultados, los cardiólogos insisten en que nadie debe suspender por su cuenta la medicación.

“Si un paciente está leyendo esta información y toma betabloqueantes, no debe interrumpirlos sin hablar antes con su médico. Es el especialista quien debe decidir si mantenerlos o no en cada caso”, advierte Ibáñez.

El infarto en España: cifras y contexto

  • Cada año, alrededor de 70.000 personas sufren un infarto en España.

  • El 70% de los pacientes sobreviven con la función cardíaca intacta, el grupo donde los betabloqueantes no ofrecen beneficio.

  • Hasta ahora, más del 80% de los pacientes eran dados de alta con esta medicación.

Con los nuevos datos, se espera una actualización de las guías clínicas internacionales de cardiología, lo que cambiará la práctica médica en hospitales de todo el mundo.


Conclusión: un cambio histórico en el tratamiento del infarto

El ensayo Reboot marca un antes y un después en la cardiología. Los betabloqueantes dejan de ser necesarios para la mayoría de los pacientes que superan un infarto sin complicaciones, reduciendo riesgos, efectos adversos y costes.

Se trata de un cambio de paradigma comparable al que supuso en su día la introducción de los stents coronarios, y que impactará en la vida de miles de pacientes cada año.

 

 

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