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La Fiscalía Anticorrupción acusa a Jorge Rodríguez de irregularidades en las contrataciones vinculadas al PSPV y Compromis

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La Fiscalía Anticorrupción responsabiliza al expresidente de la Diputación de Valencia, el socialista Jorge Rodríguez, y el resto de investigados en la operación Alquería de la contratación de personas para cargos de alta dirección en la empresa pública Divalterra –antes Imelsa– «sin sujetarse a los principios de publicidad, mérito, transparencia y capacidad».

«La única motivación para su contratación es la adscripción o vinculación de los contratados a los dos partidos políticos que gobiernan en la Diputación, Compromís y el PSOE. De tal forma que de las personas contratadas, tres son afines a Compromís y cuatro son afines al PSOE», señala el fiscal, que cree que los hechos pueden ser constitutivos de prevaricación y malversación.

Aprecia también «la creación de una estructura de gobierno paralela a la auténtica voluntad del Consejo formada tan solo por los consejeros miembros de los partidos políticos que sustentan a la Diputación Provincial».

Así figura en la querella que dirige el fiscal al juzgado –incluida en el sumario del caso Alqueria, al que ha tenido acceso Europa Press– contra el que fuera expresidente de la Diputación, Jorge Rodríguez; el ex jefe de gabinete, Ricard Gallego; el secretario-letrado asesor del Consejo de Administración de Divalterra, Jorge Cuerda; el asesor del presidente Manuel Reguart; y los exdirectores-gerentes de la empresa Xavier Simón y Agustina Brines.

En su escrito, el fiscal relata cómo en julio de 2015, ante el Consejo de Administración de la empresa –llamada todavía Imelsa–, presidido ya por Rodríguez, el secretario de la Diputación, ante la pregunta de uno de los consejeros sobre si el nombramiento que se proponía de dos personas como personal de alta dirección era legal, a lo que contestó que no, algo que ratificó posteriormente en una declaración que prestó ante la Fiscalía.

Pese a ello, los nombramientos se efectuaron, con el único voto en contra del consejero que había formulado la pregunta y sin que ni ninguno de los consejeros ni el presidente se interesaran por las razones por las que el secretario había indicado que las contrataciones deberían hacerse siguiendo los principios de publicidad, mérito y capacidad.

El ministerio público se refiere seguidamente a otro episodio sucedido en los meses de septiembre y diciembre de 2015, cuando se produce la contratación de siete personas como personal de alta dirección «sin sujetarse a los principios de publicidad, mérito, transparencia y capacidad». «Dichas contrataciones –sostiene– se producen al margen y obviando las funciones del Consejo de Administración que es único órgano que puede realizarlas, no existiendo ningún expediente de contratación, información de necesidad, ni solicitud de existencia de crédito o consignación presupuestaria».

Y agrega: «La única motivación para su contratación es la adscripción o vinculación de los contratados a los dos partidos políticos que gobiernan en la Diputación, Compromís y el PSOE. De tal forma que las personas contratadas, tres son afines a Compromís y cuatro son afines al PSOE».

«DONDE ANTES HABÍA UN ALTO CARGO, AHORA DIEZ».

En esta línea, hace notar que «los distintos informes jurídicos emitidos a petición de la empresa (…) señalan el abandono de la legalidad en dichas contrataciones, bien por no sujetarse al EBEP, bien por no resultar acorde con los principios de eficiencia, austeridad y transparencia en la gestión de una empresa pública, dado que como relataron el auditor interno y externo de la empresa, no parece acorde con dichos principios de eficiencia y austeridad, y manteniendo la empresa el mismo presupuesto donde antes había un alto cargo, ahora diez».

En este punto, señala que el informe jurídico encargado por la propia empresa analizando los contratos llega a la conclusión de que, no solo se omite y anula el artículo 55 del EBEP, sino que no se corresponde el nombramiento con el ejercicio de poderes inherentes a la titularidad de la empresa, pudiendo haber incurrido en fraude de ley al intentar obviar dicho artículo configurando en la plantilla personal de alta dirección para «eludir el cumplimiento de los principios de selección».

Frente a esta situación, y en una reunión del 15 de noviembre de 2016 del Consejo de Administración, cuando el auditor interno de la empresa expone las irregularidades detectadas en la gestión de fondos públicos es «mandado callar por el presidente del Consejo, diciéndole en varias ocasiones el jefe de gabinete del presidente Ricard Gallego que era un hijo de puta».

El fiscal asegura que los querellados conocían las arbitrariedades que se producían y también los «artificios buscados para tratar de amparar unas contrataciones que responden a un puro voluntarismo político de favorecer a los miembros del partido dominante en la Diputación y afín al presidente de la misma».

 

Fuente: Europa Press

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Casa 47: Requisitos para acceder a los alquileres sociales asequibles en 2026

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viviendas de alquiler asequible de València

El Gobierno de España lanzará a partir de 2026 Casa 47, una nueva empresa pública de vivienda que ofrecerá alquileres sociales asequibles dirigidos principalmente a la clase media trabajadora. Este proyecto busca paliar la crisis de la vivienda en España, caracterizada por la falta de alquileres a precios razonables y la presión del mercado inmobiliario.

¿Quiénes podrán acceder a Casa 47?

Los requisitos para acceder a un alquiler de Casa 47 se adaptarán a cada comunidad autónoma, aunque ya se conocen los criterios generales:

  • Rango de ingresos: Los solicitantes deberán tener rentas comprendidas entre 16.800 y 63.000 euros anuales, equivalentes a 2 y 7,5 veces el IPREM.

  • Clase media trabajadora: Este rango de ingresos cubrirá aproximadamente al 60 % de la población, dejando fuera a quienes perciben menos (que podrán optar a vivienda social tradicional) y a quienes superan el límite máximo.

  • Límite de esfuerzo económico: Ningún inquilino podrá destinar más del 30 % de sus ingresos al pago del alquiler, garantizando que la vivienda no comprometa otras necesidades básicas.

Precios y duración de los contratos

Los alquileres de Casa 47 se calcularán en función de la renta media de cada zona, no del coste de construcción. Según las primeras estimaciones:

  • En Madrid, los alquileres podrían reducirse un 38 % respecto al mercado, con precios en torno a 680–690 euros mensuales.

  • En Málaga, la rebaja podría alcanzar el 50 %.

  • En municipios menos tensionados, como Olivenza (Badajoz), los alquileres podrían situarse en torno a 400 euros mensuales.

Los contratos serán de larga duración, con posibilidad de extenderse hasta 75 años, adaptándose a las necesidades de los inquilinos y ofreciendo estabilidad frente a la especulación inmobiliaria.

Portal online y gestión integral de viviendas

En 2026 se habilitará un portal digital de Casa 47, donde los ciudadanos podrán consultar las promociones disponibles, requisitos específicos y formalizar solicitudes. Esta plataforma busca simplificar la gestión y reducir la burocracia.

Además, Casa 47 gestionará todo el ciclo de vida de las viviendas, desde la adquisición de suelos, construcción y urbanismo, hasta la entrega de llaves y administración de los contratos de alquiler.

Inspiración en modelos internacionales

El modelo de Casa 47 se inspira en experiencias europeas de vivienda pública:

  • Austria: Viena tiene más del 60 % de sus habitantes en pisos gestionados por el Estado o cooperativas, con contratos indefinidos y precios ajustados a la renta.

  • Francia: El sistema HLM ofrece vivienda social con criterios de ingresos similares a los de Casa 47 y contratos de larga duración.

  • Países Bajos: El 30 % del parque residencial es gestionado por corporaciones de vivienda pública con precios regulados.

Según datos de la BBC, mientras que en ciudades como Madrid los residentes destinan hasta un 60 % de su salario al alquiler, en Viena solo se dedica el 20 %, lo que evidencia la necesidad de iniciativas como Casa 47 en España.

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