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La OMS pide una moratoria en la tercera dosis para que no se amplíe la brecha entre ricos y pobres

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viruela del mono emergencia sanitaria

La Organización Mundial de la Salud ha pedido una moratoria hasta finales de septiembre en la administración de una tercera dosis de las vacunas contra la COVID para impedir que se amplíe aún más la brecha entre países ricos y pobres. 

El director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus, ha explicado que «no podemos aceptar que los países que ya han utilizado la mayoría de los suministros de vacunas, utilicen todavía más, mientras que las poblaciones más vulnerables del mundo siguen sin protección».

Según los datos de la Organización, el 80% de las vacunas suministradas hasta ahora han ido a parar a los países ricos, que representan menos de la mitad de la población mundial. Europa ya ha vacunado a más de la mitad de su población y Estados Unidos está cerca del 70 %. En cambio en África sólo el 5% de los ciudadanos han recibido una dosis.

Ghebreyesus ha apuntado que los países ricos han inoculado prácticamente 100 dosis por cada 100 habitantes, mientras que la media en los países pobres apenas llega a 1,5 dosis por cada 100 personas.

En opinión de la doctora Elin Hoffmann Dahl, asesora médica de enfermedades infecciosas, es una manera «miope» de afrontar la pandemia y así será imposible detenerla, ya que «con la aparición de nuevas variantes, si seguimos dejando sin vacunar a la mayoría del mundo, seguro que necesitaremos vacunas ajustadas en el futuro».

El director general de la OMS ha especificado que la moratoria sería hasta finales del mes de septiembre, para así poder lograr que, al menos, el 10 % de la población de cada país esté completamente vacunada. Para ello, ha añadido Ghebreyesus, hace falta «la cooperación de todos, especialmente de las compañías y del puñado de países que controlan el suministro mundial de vacunas».

 

 

 

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Ordenan reabrir el caso de Marta del Castillo

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el cuco marta del castillo

Reabren el caso de Marta del Castillo por posible intrusismo en el informe del móvil de Miguel Carcaño

La Audiencia de Sevilla ha ordenado reabrir la investigación por posible intrusismo profesional en el caso Marta del Castillo, uno de los procesos judiciales más mediáticos de los últimos años. El tribunal insta al Juzgado de Instrucción número 7 a practicar nuevas diligencias para determinar si el informe pericial sobre el teléfono móvil de Miguel Carcaño, asesino confeso de la joven sevillana, fue encargado por el juzgado o aportado por una de las partes.

La decisión revoca el sobreseimiento provisional dictado el 14 de marzo de 2025 y confirmado el 29 de mayo, dando la razón al recurso interpuesto por Pedro de la Torre, presidente del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA).


El origen del recurso: el perito no estaba colegiado

La denuncia se centra en la actuación del perito Manuel Huerta de la Morena, autor del informe pericial sobre el móvil de Carcaño. Según el CPITIA, Huerta no era ingeniero técnico en informática ni estaba colegiado, lo que podría constituir un delito de intrusismo profesional. Además, se le acusa de haber mostrado en medios de comunicación imágenes vinculadas a la causa judicial.

La Audiencia de Sevilla descarta continuar la investigación por revelación de secretos, al entender que el caso de Marta del Castillo ha tenido una exposición mediática masiva desde 2009, y no se aprecia información nueva de carácter reservado. Además, el artículo 201.1 del Código Penal exige denuncia del agraviado o su representante, que en este procedimiento “no existe”.


El debate: ¿un informe informático requiere título habilitante?

En relación con el presunto delito de intrusismo, el tribunal destaca que el artículo 403 del Código Penal exige dos elementos: ejercer actos propios de una profesión y carecer del título correspondiente.
En este sentido, recuerda que el perito “no firmó el informe como ingeniero informático”, sino como representante de la empresa Lazarus Technology, sin atribuirse expresamente esa condición.

No obstante, la Audiencia subraya que aún se desconoce si el equipo forense incluía a algún titulado en informática ni si el informe fue encargado por el juzgado o aportado por una parte, cuestiones que considera determinantes para decidir si la conducta constituye delito.

El tribunal cita la Ley 12/1986, que reconoce a los ingenieros técnicos la competencia para realizar “peritaciones, valoraciones, tasaciones, informes, estudios, planes y proyectos”, un argumento que refuerza la posición del CPITIA.


El juzgado deberá decidir en 12 días

La Audiencia de Sevilla ordena ahora que el Juzgado de Instrucción número 7 practique, en un plazo de 12 días, las diligencias necesarias para aclarar si el informe fue o no encargado judicialmente y si participó algún profesional titulado.
Tras ello, el juzgado deberá resolver “con entera libertad de criterio” si procede mantener el sobreseimiento o continuar la investigación.

 

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