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Valencia

La Policía multa a 130 terrazas de bares valencianos en un solo mes

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Prohibición fumar en terrazas
València, 26 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- La Policía multa a 130 terrazas de bares valencianos en un solo mes. Una noticia que ha caído como una bomba al sector de la hostelería.

El concejal de Seguridad Ciudadana, Aaron Cano, ha informado hoy de que la Policía Local ha inspeccionado en el mes de mayo unas 1.100 terrazas de establecimientos hosteleros de la ciudad de València y ha incoado 130 expedientes sancionadores.

Antes del inicio del pleno municipal, Aaron Cano ha hecho un balance de la actuación de la Policía Local dentro de la campaña municipal sobre control de terrazas y botellón en los diferentes barrios de la ciudad de València.

El concejal ha comentado también que el consumo de alcohol en la calle ha aumentado, como suele suceder todos los meses de mayor, por la finalización de las clases y el buen tiempo.

Fuentes municipales han indicado que el alcalde, Joan Ribó, se reunirá mañana con el concejal Aaron Cano para analizar los sistemas para prevenir el botellón y la situación de las terrazas vinculadas a establecimientos de hostelería, que en zonas acústicamente saturadas provocan molestias a los vecinos.

Los hosteleros de València afirman que «solo en el 11 % de las terrazas» se detecta irregularidad

La Coordinadora de Hostelería de los Barrios de Valencia se ha pronunciado hoy sobre las 1.100 inspecciones realizadas por la Policía Local que han dado como resultado 130 actos sancionadoras y han señalado que estas cifras suponen que «solo en el 11% de las terrazas visitadas se ha detectado alguna irregularidad».

Según han señalado desde la Coordinadora, las actas deben iniciar ahora su tramitación, por lo que, «no podemos anticipar cuántas sanciones efectivas se van a producir pero que probablemente sea muy inferior a las cifras facilitadas por el concejal de e Protección Ciudadana, Aarón Cano«.

Así, han reclamado una actuación «ejemplar» de las pymes hosteleras, pero, han añadido que «teniendo en cuenta que estamos hablando de que apenas se levantan 4 actas al día entre las 4.000 terrazas existentes en la ciudad de Valencia, reiteremos que son cifras insignificantes que ponen de manifiesto la desproporción con la que se aborda siempre el problema de las terrazas en la ciudad».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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